Case of Tribunal Superior de Justicia - Cataluña nº 5293/2002, of July 17, 2002

Tribunales Superiores de Justicia

Recurso nº 8635/2001
Case Law No.5293/2002
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CLASIFICACIÓN PROFESIONAL. Entiende el Ministerio recurrente que la acción ejercitada es la de clasificación profesional y se ha incumplido la exigencia procesal de recabar de la Inspección de Trabajo el preceptivo informe, así como porque no consta en los autos la titulación que ostenta el demandante. Determinado en el fundamento anterior que la acción ejercitada es la de clasificación profesional, ha de inadmitirse el recurso de suplicación formulado porque conforme al artículo 137.3 de la Ley de Procedimiento Laboral contra la sentencia dictada en el proceso de clasificación profesional no procederá recurso alguno. En primera instancia se estima la demanda. Se inadmite el recurso de suplicación.

Citations:

Headnotes:

Actor
Procedimientos laborales especiales
     Clasificación Profesional
Clasificación profesional
     Grupo profesional

Extract:

Case of Tribunal Superior de Justicia - Cataluña nº 5293/2002, of July 17, 2002

DE CATALUNYA

SALA SOCIAL

C.S.

ILMA. SRA. Dª. Mª DEL CARMEN FIGUERAS CUADRAS

ILMA. SRA. Dª. Mª DEL CARMEN QUESADA PÉREZ

ILMO. SR. D. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

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En Barcelona a 17 de julio de 2002

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 5293/2002

En el recurso de suplicación interpuesto por MINISTERIO DE DEFENSA frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Tarragona de fecha 26 de ju...

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