Case of Tribunal Superior de Justicia - Cataluña nº 5979/2002, of September 23, 2002

Tribunales Superiores de Justicia

Recurso nº 4227/2002
Case Law No.5979/2002
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DESPIDO. NULIDAD. Se pretende se declare nulo un despido. La empresa alega que se despidió a la trabajadora debido a que sustrajo un libro e hizo abandono del lugar de trabajo, lo que configura una falta grave, que justifica el despido. Cabe tner presente que el empresario cuenta con determinado tiempo para imponer sanciones, que en el caso que nos ocupa es de dos meses. En Instancia se admite parcialmente la demanda declarándose improcedente el despido. En la Alzada se estima parcialmente el recurso absolviendo a la empresa a abonar salarios caÍdos. SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR. INCAPACIDAD. DESPIDO. La trabajadora pretende se abonen los salarios dejados de percibir desde que pidió licencia (por incapacidad temporal) hasta el despido. Si la incapacidad temporal suspende el contrato de trabajo y esta suspensión exonera de las obligaciones de trabajar y de remunerar el trabajo, cuando el despido se produce en ese tiempo en que no son debidos los salarios, tampoco cabe imponer a la empresa el abono de los de tramitación en el despido declarado improcedente, en el tramo temporal que coincidan el despido con la incapacidad temporal y con las prestaciones debidas por esta contingencia. EEn Instancia se admite parcialmente la demanda declarándose improcedente el despido. En la Alzada se estima parcialmente el recurso absolviendo a la empresa a abonar salarios caidos.

Citations:

Headnotes:

Procedimiento laboral
     Proceso ordinario
          Sentencia

Extract:

Case of Tribunal Superior de Justicia - Cataluña nº 5979/2002, of September 23, 2002

DE CATALUNYA

SALA SOCIAL

MAC

ILMO. SR. D. JOSÉ-IGNACIO DE ORO-PULIDO SANZ

ILMO. SR. D. FELIPE SOLER FERRER

ILMO. SR. D. ADOLFO MATIAS COLINO REY

------------------------------------------

En Barcelona a 23 de septiembre de 2002

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 5979/2002

En el recurso de suplicación interpuesto por CLECE SA frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº28 Barcelona de fecha 7 de enero de 2002 dictada en el procedimiento nº 728/2001 y siendo recurrido/a Dulce Nombre García Lopera y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Felipe Soler Ferrer.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 9-10-01 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido disciplinario, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 7 de enero de 2002 que contenía el siguiente Fallo:

"Que, estimando parcialmente la Demanda in...

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