Tribunales Superiores de Justicia
Recurso nº 697/2001
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Id. vLex: VLEX-15321965
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"INHIBICIÓN. PROCESO. LEY DE PROCEDIMIENTO. Se reclama contra auto del Juzgado de Instrucción de Boltaña (Huesca) acordó inhibirse del conocimiento de las Diligencias Previas a favor de la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, por estimar era el competente para el conocimiento de las mismas. Consta la condición de aforado de Don José M. O. (es Diputado de las Cortes de Aragón, además de Alcalde); pero es preciso acreditar, al menos en forma indiciaria, la intervención punible que el citado querellado haya podido tener en los delitos de prevaricación, contra la ordenación del territorio y de falsedad documental que se imputan en la querella. Por tanto, el Juzgado de Instrucción de Boltaña deberá continuar las averiguaciones, y si aparece prueba que, a su juicio, pueda servir razonablemente de base para una imputación criminal contra la persona aforada, elevará una exposición indicando las razones por las que se estime que la competencia para seguir instruyendo de la causa debe pasar a este Tribunal. No se hace lugar. "

Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, Estatuto de Autonomía de Aragón. de 10 de agosto, Estatuto de Autonomía de Aragón. - Artículo 18
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículos 52 , 73
Competencia judicial
Cuestiones generales
Cuestiones de competencia
Administración de justicia
Composición y atribuciones
Tribunales Superiores de Justicia
Conflictos de jurisdicción y de competencia
Conflictos de competencia
Cuestiones de competencia
Administración de justicia
Organización judicial
Conflictos de jurisdicción y competencia
Cuestiones de competencias
Auto of Tribunal Superior de Justicia - Aragón, of June 06, 2002
AUTOEXCMO. SR. PRESIDENTEDon Benjamín B. S. ILMOS. SRES. MAGISTRADOS Don Luis F. A. Don Fernando Z. de SalinasDon Manuel S. BonafonteZaragoza a seis de junio de dos mil dos.ANTECEDENTES DE HECHO
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