Auto of Audiencia Provincial - Barcelona, of June 10, 2002

Audiencias Provinciales

Recurso nº 264/2002

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"RECURSO DE APELACIÓN. INMUEBLE. EJECUCIÓN. La sentencia objeto de ejecución condenó al demandado a reforzar los cimientos del inmueble de la comunidad demandante y, además, a arreglar ""todas las lesiones mayores y menores que existan y que estén generadas por la actual y deficiente cimentación. La sentencia no está ejecutada, la comunidad podía solicitar la ejecución de este aspecto que ahora consideramos en tanto no prescribiese su derecho y no hay:. motivos para considerar abusivo el retraso producido cuando, además, era el señor T. quien resultó obligado al cumplimiento, que no, ofreció en cuanto a esta vertiente de las obras, que no podía ignorar que faltaba por concluir. Se desestima el recurso. "

Citations:

Headnotes:

Costas procesales
     Condena en costas
          Finalizado el proceso
               En primera instancia
Condena en costas
     Aplicación
          En primera instancia
Recurso de apelación
Abogados
     Honorarios
          Límite
Comunidad de Propietarios
Condena en costas
     Apelación
          recurso extraordinario por infracción procesal y casación
Recurso de apelación
Costas procesales
     Condena en costas
          Finalizado el proceso
               Costas en apelación, recurso extraordinario por infracción procesal y casación
Vicios
     Vicios de la construcción

Extract:

Auto of Audiencia Provincial - Barcelona, of June 10, 2002

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Sección Duodécima

Rollo 264/2002-R

Juicio de mayor cuantía 326/77 (ejecución de sentencia)

Juzgado de Primera Instancia número 10 de Barcelona.

AUTO

Ilmos. Sres.

D. JUAN MIGUEL JIMÉNEZ DE PARGA GASTÓN

D. ANTONIO LÓPEZ-CARRASCO MORALES

D. JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO

En la ciudad de Barcelona a diez de junio da dos mil dos.

Vistos, en grado de apelación, ante la Sección Duodécima de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio de mayor cuantía número 326/1977, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Barcelona, a instancia, de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO DE LAS CALLES BALUARTE NUMERO 28 Y MAQUINISTA NÚMERO 20 DE BARCELONA contra Don AMARO T. T. cuyos autos penden ante esta superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demanda, contra el auto dictado por dicho Juzgado en 19 de noviembre de 2001.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero: El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Barcelona dictó auto en fecha de diecinueve de noviembre dé 2001, en los autos de juicio de mayor cuantía número 326/1977, cuya parte dispositiva dice como sigue: "Que debo fijar y fijo definitivamente en cinco millones cuatrocientas veintinueve mil ochocientas veinte pesetas 5.429.820 más IVA, el importe de las reparaciones de las lesiones que pa...

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