Recurso nº 1692/2002
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Id. vLex: VLEX-15322302
"DERECHOS DE SERVIDUMBRE. OBRAS. DESAGUE. Se reclama contra la resolución que estimo parcialmente la demanda interpuesta contra G. G. y D. J. G. R. y declaro que los demandados carecen de derecho de servidumbre de desagüe de edificio sobre la parcela de la Unidad de Actuación de la localidad de Guadalcanal; y condeno a los demandados a estar y pasar por esta declaración y a ejercitar las obras necesarias para que el desagüe de las aguas pluviales de la cubierta de su edificio no caigan en el suelo de la parcela. La servidumbre es un derecho real que recae sobre otra cosa, supone una derogación del derecho común de propiedad y constituye una relación entre predios, por tanto es un derecho que recae sobre la cosa misma, no es posible sobre cosa propia, pues las cosas sirven a su dueño por derecho de propiedad y no por derecho de servidumbre, por la misma razón la servidumbre se extingue cuando la titularidad de la propiedad y la servidumbre se reúnen en la misma persona, además es característica de la servidumbre que no se presume, sino que ha de probarse su constitución. No se hace lugar al recurso de apelación. "

Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículo 13
Código Civil. - Artículos 530 , 531 , 537 , 539 , 542 , 580 , 609 , 1278 , 1279 , 1280
Apelado
Servidumbres
Derechos y obligaciones de los propietarios de los predios dominante y sirviente
Servidumbres
Servidumbres
Concepto
Case of Audiencia Provincial - Sevilla, of May 06, 2002
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION QUINTA REFERENCIA:JUZGADO DE PROCEDENCIA: Primera Instancia de Cazalla de la SierraROLLO DE APELACION: 1692/02AUTOS N° 314/01SENTENCIAILTMOS. SRES.DON JOSE HERRERA TAGUADON CONRADO GALLARDO CORREADON FERNANDO SANZ TALAYEROEn Sevilla a seis de mayo de dos mil dos. VISTOS por la Sección Quinta de esta Iltma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal n° 314/01, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Cazalla de la Sierra, promovidos por la entidad mercantil "FERNÁNDEZ ACERO S.L.", representada por el Procurador Don Santiago Rodriguez Jimenez, contra DOÑA JUANA G. R. y D. R. G. G. ambos representados por el Procurador Don Rafael Quiroga Ruiz; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la entidad actora contra la sentencia en los mismos dictada con fecha 10 de Enero de 2.002.ANTECEDENT...
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