Recurso nº 2505/2001
Case Law No.150/2002
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Id. vLex: VLEX-15322315
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"RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. ELEVACIÓN DEL CUANTUM INDEMNIZATORIO. SEGURO OBLIGATORIO DE VIAJEROS. RESPONSABILIDAD CIVIL POR USO Y CIRCUALCIÓN DE VEHÍCULOS. Del daño corporal se deriva una doble obligación resarcitoria una, de carácter subjetivo, apoyada en los artículos 1902 y 1903 del Código Civil en relación con la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación, que alcanza con carácter solidario a Tussam y a su aseguradora en el ramo circulatorio; y otra, de naturaleza objetiva y sometida a baremo indemnizatorio, fundada en los artículos 4,10,12,13 y 14 del Reglamento del Seguro Obligatorio de viajeros, que alcanza exclusivamente a la aseguradora del riesgo concertado por el empresario transportista, bastando con acreditar la causación de unas lesiones en un viajero provisto del correspondiente billete, entre el momento en que el autobús se pone a su disposición y aquél en que sale del mismo, para tener derecho a indemnización conforme al baremo que el Real Decreto 1515/1989 establece. Ambos tipos de responsabilidad son autónomas y compatibles entre sÍ. En 1º Instancia se estiam parcialmente la demanda.Se estima parcialmente el recurso de Apelación."

Código Civil. - Artículos 1902 , 1903
Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados. de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados.
Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del seguro obligatorio de viajeros. de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del seguro obligatorio de viajeros. - Artículo 2
Accidentes de circulación
Seguro Obligatorio de Viajeros
Cuestiones generales
Culpa
Cuestiones generales
Culpa extracontractual
Indemnización
Apelante
Accidentes de circulación
Indemnizaciones por accidente
Case of Audiencia Provincial - Sevilla nº 150/2002, of March 25, 2002
AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA
Sección Segunda REFERENCIA: JUZGADO DE PROCEDENCIA: 1ª Instan Sevilla n°21ROLLO DE APELACIÓN N° 2505/2001 VAUTOS N° 287/2000SENTENCIA N° 150PRESIDENTE ILMO. SR.MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCÍA.MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.RAFAEL MÁRQUEZ ROMEROCARLOS PIÑOL RODRÍGUEZEn la Ciudad de SEVILLA a veinticinco de marzo de dos mil dos. Visto, por la Sección Segunda de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de MENOR CUANTIA seguido en el Juzgado referenciado sobre reclamación de cantidad. Interpone el recurso CONCEPCION GONZALEZ LEON que en la instancia fuera part...
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