Recurso nº 176/2002
Case Law No.477/2002
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/15322441
Id. vLex: VLEX-15322441
Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)
inmueble
por: 210296:0
RECURSO DE APELACIîN. LIQUIDACIîN DE SOCIEDAD. RESPONSABILIDAD DEL ADMINISTRADOR. SIMULACIîN. Se recurre la sentencia que desestima la demanda porque entiende que el contrato concertado entre los demandantes es ficticio, es decir, simulado absolutamente, careciendo por ende, la persona que pide la indemnizaci—n de da–os y perjuicios de legitimaci—n para reclamar. Adem‡s de no proceder a disolver la sociedad correctamente, permitiendo la intervenci—n de los acreedores para conocer el destino de los activos sociales y capital social, en el caso presente la falta de diligencia es mas clara por la doble venta efectuada por Inversucro, cuando sobradamente conoc’a que hab’a transmitido parte del inmueble a la entidad Loacpa. Por tanto concurren todos los requisitos del art’culo 135 para el Žxito de la acci—n individual de responsabilidad contra el administrador teniendo que responder solidariamente de la deuda reclamada. Se estima el recurso.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 523
Código Civil. - Artículos 1101 , 1214 , 1255 , 1261
Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. - Artículos 127 , 133
Fuerza mayor
Prueba
Apelante
Ejecución
Acción ejecutiva
Títulos ejecutivos
Extranjeros
Recurso de apelación
Contratos
Duración del contrato
Precontrato
Daños y perjuicios
Indemnización por daños y perjuicios
Caso fortuito
Carga de la prueba
Ejecución
Ejecución de sentencias
Extranjeras
Case of Audiencia Provincial - Valencia nº 477/2002, of July 03, 2002
SENTENCIA NÚM.: 447/02
Ilustrísimos Sres.:MAGISTRADOSANTECEDENTES DE HECHO, contiene el siguiente FALLO: `` Que desestimando la demanda interpuesta por la procuradora Dª Nuria F. C. en nombre y representación de Loacpa S.L. y Don Emilio O. A. asistidos de la letrado Dª Amparo B. M. contra Inversucro S.A. declarada en rebeldia y Don Manuel S. M. en su propia representación, y asistido del letrado Don Jose V. U. F. debo absolver a los referidos demandados de los pedimentos contra ellos formulados. Se hace expr...
If you are already a vLex customer, Access Here