Recurso nº 388/2002
Case Law No.495/2002
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Id. vLex: VLEX-15322466
"CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. ACTUALIZACIÓN DE LA RENTA. ACEPTACIÓN TÁCITA. Se formuló demanda solicitando se declare: que la renta del arrendamiento es la originaria; que no es ajustado a derecho la integración del IBI en la renta; y que no es ajustado a derecho el cobro retroactivo de la actualización de renta. La demandante arrendataria no puso objeción alguna al aumento de renta que le fue comunicado y el nuevo aumento, pagando la misma sin realizar manifestación alguna hasta que remite una carta al letrado de la demandada, comunicándole la renta que debería satisfacer en lugar de la exigida por el mismo. Por tanto, habiendo dejado la arrendataria transcurrir el plazo mencionado de treinta días naturales sin hacer manifestación alguna al respecto, vino a aceptar la nueva renta, sin que su oposición sobrevenida pueda modificar la renta ya establecida en su día ni proceda, en consecuencia, la devolución de lo pagado a la arrendadora, ya que rigiéndose como se rige aún el contrato de arrendamiento por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1.964. Se desestima la demanda y el recurso de apelación. "

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 398 , 477
Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. - Artículo 17
Arrendamientos urbanos (29/1994)
Arrendamientos de vivienda
Renta
Determinación
Elevación de la renta
Arrendamientos urbanos (1964)
Renta
Aumento
Condena en costas
Apelación
recurso extraordinario por infracción procesal y casación
Costas procesales
Condena en costas
Finalizado el proceso
Costas en apelación, recurso extraordinario por infracción procesal y casación
Demandado
Case of Audiencia Provincial - Valencia nº 495/2002, of July 18, 2002
Rollo n°. 388/02
SENTENCIA NUMERO 495SECCIÓN OCTAVA Ilustrísimos Señores: Presidente,Dñª. Rosa-María Andrés Cuenca Magistrados, Don Enrique . V. R. Dñª. María-Fe Ortega Mifsud En la Ciudad de Valencia, a dieciocho de Julio de dos mil dos. Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique-Emilio Vives Reus, los autos de juicio de Cognición, promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia número 22 de Valencia, con el número 595/00, por Dª. Rosa N. R. contra Dñª. Mª. Luisa Puig Con; sobre devolución rentas y otros extremos, pendientes...
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