Recurso de Amparo
nº
1236/1988, Reporting Judge Don Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer
Case Law No.200/1990
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Id. vLex: VLEX-15356826
1. Ni el principio de igualdad, ni su configuración como derecho subjetivo, permiten asegurar un tratamiento idéntico uniforme o unificado por los diversos órganos judiciales, incluso las Salas o Secciones que forman parte de un mismo órgano, en especial cuando existe un reparto de materias entre las mismas. Ni la Constitución impone una convergencia interpretativa entre esos órganos o Salas, ni corresponde a este Tribunal la labor de resolver y unificar esas posibles divergencias en la interpretación de las Leyes, materia exclusiva de los Jueces y Tribunales. Tan sólo hemos de proteger al ciudadano frente a las desigualdades de trato en la aplicación de la Ley por un mismo órgano judicial cuando puedan calificarse de arbitrarias, irrazonables o que obedecen a un propósito discriminatorio.

Constitución Española de 1978. - Artículo 14
Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículo 59
Igualdad ante la ley
Regulación constitucional
Prescripción y caducidad
Prescripción
De acciones contractuales
Confesiones religiosas
Libertad religiosa
No discriminación por motivos religiosos
Case of Tribunal Constitucional - Sala Segunda nº 200/1990, of December 10, 1990
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Eugenio Díaz Eimil, don Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer, don José Luis de los Mozos y de los Mozos, don Alvaro Rodríguez Bereijo y don José Gabaldón López, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 1.236/88, interpuesto por el Procurador de los Tribunales don José María Abad Tundidor, actuando en nombre y representación de doña María S. R. T. y 102 personas más, contra la Sentencia dictada por la Sala Primera del Tribunal Central de Trabajo el 28 de abril de 1988, en el recurso de suplicación núm. 2.356/86, interpuesto contra la Sentencia de la Magistratura de Trabajo núm. 1 de La Coruña en el procedimiento laboral 2.154/85, sobre reclamación de cantidad. Han sido parte el Instituto Nacional de la Salud, representado por el Procurador don Manuel Gómez Montes, y ha comparecido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Miguel Rodríguez-Piñ...
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