BOE. Boletín Oficial del Estado, February 25, 1997 (Nbr. 0048)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Economia y Hacienda
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CHANGES
Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudacion.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Constitución Española de 1978. - Artículos 7 , 11 , 17 , 23 , 33
Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. - Artículo 23
Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. - Artículo 59
Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. - Artículos 20 , 47 , 173 , 179
Ley 3/1987, de 2 de abril, general de Cooperativas. de 2 de abril, general de Cooperativas. - Artículo 113
LEY 42/1994, de 30 de Diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y de Orden social. de 30 de Diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y de Orden social.
LEY 13/1994, de 1 de Junio, de autonomia del Banco de España. de 1 de Junio, de autonomia del Banco de España. - Artículo 13
LEY 13/1995, de 18 de Mayo, de Contratos de las administraciones publicas. de 18 de Mayo, de Contratos de las administraciones publicas.
REAL DECRETO 390/1996, de 1 de Marzo, de desarrollo parcial de la Ley 13/1995, de 18 de Mayo, de Contratos de las administraciones publicas. de 1 de Marzo, de desarrollo parcial de la Ley 13/1995, de 18 de Mayo, de Contratos de las administraciones publicas.
Real Decreto 324/1986, de 10 de Febrero, por el que se implanta en la administracion del Estado un nuevo sistema de Informacion contable y Se reestructura la Funcion de Ordenacion de Pagos. de 10 de Febrero, por el que se implanta en la administracion del Estado un nuevo sistema de Informacion contable y Se reestructura la Funcion de Ordenacion de Pagos.
Real Decreto 1511/1986, de 6 de Junio, de Ordenacion del Diario oficial del Estado. de 6 de Junio, de Ordenacion del Diario oficial del Estado. - Artículo 20
Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispone la Creacion de Un sistema de anotaciones en cuenta para la deuda del Estado. de 3 de abril, por el que se dispone la Creacion de Un sistema de anotaciones en cuenta para la deuda del Estado.
Real Decreto 290/1992, de 27 de marzo, por el que se modifica el Reglamento hipotecario en materia de ejecución extrajudicial de hipotecas. de 27 de marzo, por el que se modifica el Reglamento hipotecario en materia de ejecución extrajudicial de hipotecas.
Real Decreto 1393/1990, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las instituciones de inversión colectiva. de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las instituciones de inversión colectiva. - Artículo 47
Ley 24/1988, de 28 de Julio, del Mercado de Valores. de 28 de Julio, del Mercado de Valores. - Artículo 10
REAL DECRETO 161/1997, de 7 de Febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja general de depositos.
La disposición adicional décima de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habilita al Gobierno para aprobar mediante Real Decreto un nuevo Reglamento de la Caja General de Depósitos, que habrá de regular aspectos como las modalidades de garantías y depósitos que se constituyan ante este órgano y otras cuestiones relativas a los procedimientos para su constitución, gestión, prescripción e incautación, así como las condiciones que deben cumplir los instrumentos empleados como garantía y las entidades que las prestan. El presente Real Decreto determina un nuevo marco normativo que garantiza la modernización de la Caja, simplificando sus funciones. Baste recordar que el hasta ahora vigente Reglamento, aunque modificado parcialmente en posteriores ocasiones, data de 1929.
El objetivo final del proceso de reforma radica en hacer de la Caja General de Depósitos una institución que gestione de una forma eficaz y acorde a la realidad actual, las garantías prestadas por los particulares frente a la Administración General del Estado. En este sentido, el Reglamento de la Caja General de Depósitos que este Real Decreto aprueba pretende constituir un marco general de referencia en la regulación de la gestión y de los requisitos de las garantías, al que podrán remitirse el resto de las normas en las que se prevea la necesidad de garantizar alguna de las obligaciones que se establezcan. El título I del Reglamento define el ámbito operativo de la Caja General de Depósitos, así como su encuadre orgánico y funcional. Se mantiene integrada en la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, dada la estrecha conexión de sus funciones con la gestión de la tesorería del Estado. Los distintos capítulos del título II regulan cada modalidad de garantía: efectivo, valores, aval o seguro de caución. Comienzan determinando las características de la modalidad, para continuar con el procedimiento y requisitos de constitución, las incidencias a que su gestión pudiera dar lugar y, finalmente, la cancelación o eventual ejecución de la garantía. El título III se dedica a regular las líneas generales de los depósitos que permanecen en la Caja, regulación en la que se establecen de forma abierta los supuestos y se disponen las regla...
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