BOE. Boletín Oficial del Estado, March 04, 1997 (Nbr. 0054)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Economia y Hacienda
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Id. vLex: VLEX-15368282
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Ley 19/1988, de 12 de julio, de auditoría de cuentas. de 12 de julio, de auditoría de cuentas. - Artículo 2
LEY 10/1996, de 18 de Diciembre, de Medidas fiscales urgentes sobre Correccion de la Doble imposicion interna intersocietaria y Sobre incentivos a la Internacionalizacion de las Empresas. de 18 de Diciembre, de Medidas fiscales urgentes sobre Correccion de la Doble imposicion interna intersocietaria y Sobre incentivos a la Internacionalizacion de las Empresas.
REAL DECRETO-LEY 7/1996, de 7 de Junio, sobre Medidas urgentes de Caracter fiscal y de Fomento y Liberalizacion de la actividad economica. de 7 de Junio, sobre Medidas urgentes de Caracter fiscal y de Fomento y Liberalizacion de la actividad economica. - Artículo 20
Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad. de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.
RESOLUCIÓN DE 20 DE DICIEMBRE DE 1996, del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas, por la que se fijan criterios generales para determinar el Concepto de Patrimonio contable a efectos de los Supuestos de Reduccion de Capital y Disolucion de Sociedades regulados en la Legislacion mercantil.
La legislación mercantil contiene diversas referencias al valor patrimonial de las empresas, entre las que destacan las contenidas en el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, y en la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, sin que ningún precepto indique claramente la forma de cuantificar dicho valor. En concreto, el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en su artículo 260, incluye como una de las causas de disolución de la sociedad anónima la reducción del «patrimonio», como consecuencia de las pérdidas, «a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que ...
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