ORDEN DE 2 DE JUNIO DE 1997 por la que se hacen publicos los Modelos de Documentos administrativos en los que se formalizaran los Conciertos educativos a partir del Curso 1997/1998.

Boletín Oficial del Estado, June 12, 1997 (Nbr. 0140)

I - Disposiciones Generales - Ministerio de Educacion y Cultura
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Citations:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículo 16

REAL DECRETO 366/1997, de 14 de Marzo, por el que se regula el Regimen de eleccion de Centro educativo. de 14 de Marzo, por el que se regula el Regimen de eleccion de Centro educativo.

LEY ORGANICA 8/1995, de 16 de Noviembre, por la que se modifica la Ley organica 5/1995, de 22 de Mayo, del Tribunal del Jurado. de 16 de Noviembre, por la que se modifica la Ley organica 5/1995, de 22 de Mayo, del Tribunal del Jurado.

REAL DECRETO 1694/1995, de 20 de Octubre, por el que se regulan las actividades escolares complementarias, las actividades extraescolares y los Servicios complementarios de los Centros concertados. de 20 de Octubre, por el que se regulan las actividades escolares complementarias, las actividades extraescolares y los Servicios complementarios de los Centros concertados.

Real Decreto 2377/1985, de 18 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas basicas sobre Conciertos educativos. de 18 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas basicas sobre Conciertos educativos.

Real Decreto 139/1989, de 10 de Febrero, por el que se modifica la Disposicion adicional primera, 2, del Reglamento de Normas basicas sobre Conciertos educativos, aprobado por real decreto 2377/1985, de 18 de Diciembre. de 10 de Febrero, por el que se modifica la Disposicion adicional primera, 2, del Reglamento de Normas basicas sobre Conciertos educativos, aprobado por real decreto 2377/1985, de 18 de Diciembre.

Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes

Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del sistema educativo. de 3 de octubre, de Ordenación General del sistema educativo.

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación. de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación. - Artículo 49

Extract:

ORDEN DE 2 DE JUNIO DE 1997 por la que se hacen publicos los Modelos de Documentos administrativos en los que se formalizaran los Conciertos educativos a partir del Curso 1997/1998.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 25 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, se hace preciso dar publicidad a los modelos de documentos administrativos en los cuales han de formalizarse los conciertos, una vez que, mediante la oportuna Orden ministerial se resuelvan las solicitudes de renovación de los conciertos educativos y de acceso al régimen de conciertos. Por ello, este Ministerio ha dispuesto lo siguiente:

Primero.-Se hacen públicos los documentos administrativos en los que han de formalizarse los conciertos educativos, cuyos modelos figuran como anexo de la presente Orden.

Segundo.-De acuerdo con el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los Directores provinciales del Departamento firmarán, como representantes del Ministerio de Educación y Cultura, los documentos administrativos en que han de formalizarse los conciertos educativos de la provincia correspondiente. Asimismo se autoriza a los referidos Directores provinciales para que incorporen, en su caso, a los citados documentos aquellas peculiaridades que se deriven de la Orden de 9 de mayo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 14), por la que se resuelve la renovación y el acceso de los conciertos educativos de los centros docentes privados.

Tercero.-Queda derogada la Orden de 29 de abril de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 13 de mayo), por la que se hicieron públicos los modelos de documentos administrativos de formalización de los conciertos educativos.

Cuarto.-La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de junio de 1997.

AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Secretario general de Educación y Formación Profesional.

ANEXO

Documento administrativo para la formalización de concierto educativo de régimen singular con un centro docente privado de Educación Infantil, por un período de cuatro años

En

De una parte:

Por el Ministerio de Educación y Cultura,

Don/doña

Director/a provincial del Ministerio de Educación y Cultura de

De otra parte:

Don/doña

en su condición de

del centro cuyos datos de identificación se expresan:

a) Titularidad:

b) Número de identificación fiscal:

c) Denominación específica:

d) Código:

e) Domicilio:

f) Localidad:

g) Municipio:

h) Autorizado definitivamente como centro de Educación Infantil para unidades.

En orden a la prestación del servicio público de la educación en los términos previstos en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación y, a tenor de lo dispuesto en los artículos 3.2 y 25 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), las partes que suscriben

ACUERDAN

Renovar el concierto educativo para ..... unidades escolares del segundo ciclo de Educación Infantil, en las condiciones que a continuación se expresan, según lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación y Cultura de 9 de mayo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 14).

El número de unidades señaladas podrá verse modificado durante el período de vigencia del concierto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

El presente concierto se regirá por las siguientes cláusulas:

Primera.-El Centro docente privado a que se refiere el presente concierto educativo se somete a las normas establecidas en el título IV de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, modificado parcialmente por la disposición final primera de la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes, y asume las obligaciones derivadas del concierto en los términos establecidos en dicha Ley Orgánica, en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos y en las demás normas que le sean aplicables, así como en este documento administrativo.

Segunda.-De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, este concierto extenderá su vigencia hasta la finalización del curso escolar 2000/2001.

Tercera.-La Administración se obliga a la asignación de fondos públicos para el sostenimiento del centro concertado, mediante el procedimiento establecido en el título IV del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos y en la cuantía que se determine, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación, en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, en la disposición...

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