BOE. Boletín Oficial del Estado, December 29, 1993 (Nbr. 0311)
I - Disposiciones Generales - Jefatura del Estado
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/15379293
Id. vLex: VLEX-15379293
Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)
CHANGED by
LEY 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales.
Real DECRETO 54/2005, de 21 de enero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, aprobado por el Real Decreto 925/1995, de 9 de junio, y otras normas de regulación del sistema bancario, financiero y asegurador.
LEY 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal.
AñADIDA por
LEY 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.

Ley de 28 de mayo de 1862, del notariado. - Artículo 34
Directiva 91/308/CEE del Consejo, de 10 de junio de 1991, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales de 10 de junio de 1991, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales
Real Decreto 2391/1980, de 10 de Octubre, por el que se regula la Composicion y Funciones de la Comision de Vigilancia de las Infracciones de Control de Cambios. de 10 de Octubre, por el que se regula la Composicion y Funciones de la Comision de Vigilancia de las Infracciones de Control de Cambios.
Ley 26/1988, de 29 de Julio, sobre Disciplina e Intervencion de las Entidades de Credito. de 29 de Julio, sobre Disciplina e Intervencion de las Entidades de Credito.
LEY 19/1993, de 28 de Diciembre, sobre determinadas medidas de Prevencion del Blanqueo de Capitales.
JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley: EXPOSICION DE MOTIVOS La presente Ley transpone la Directiva 91/308/CEE del Consejo de las Comunidades Europeas, cuyo contenido básico en lo relativo a entidades financieras queda reflejado en el capítulo I de la norma. Tratándose de una norma que, dirigida a prevenir y dificultar el blanqueo de capitales, impone fundamentalmente obligaciones administrativas de información y colaboración a las entidades financieras, ha resultado coherente y respetuoso con la Directiva circunscribir la presente Ley a las actividades de blanqueo de capitales provenientes de aquellas actividades ilícitas que producen gran alarma social y son más fácilmente identificables por las propias entidades financieras, como son el tráfico de drogas, el terrorismo y la delincuencia organizada. Dirigida primordialmente a las personas y entidades que integran el sistema financiero, que son objeto de mención en el artículo 2.1 de la Ley, ésta se aplicará también a otras actividades profesionales o empresariales particularmente susceptibles de ser utilizadas para el blanqueo de capitales, a las que se refiere el artículo 2.2. Consciente, por otro lado, de las limitaciones que el principio de territorialidad impone a la eficacia de las normas, la presente Ley exige a las entidades españolas que establezcan en sus sucursales y filiales en el extranjero procedimi...
If you are already a vLex customer, Access Here