ORDEN DE 11 DE NOVIEMBRE DE 1994 por la que se regulan las Enseñanzas complementarias de Lengua y Cultura españolas para alumnos españoles residentes en el Exterior.

BOE. Boletín Oficial del Estado, November 17, 1994 (Nbr. 0275)

I - Disposiciones Generales - Ministerio de Educacion, Cultura y Deporte
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ORDEN DE 11 DE NOVIEMBRE DE 1994 por la que se regulan las Enseñanzas complementarias de Lengua y Cultura españolas para alumnos españoles residentes en el Exterior.

El Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 6 de agosto), por el que se regula la acción educativa en el exterior, establece el marco normativo al que deben ajustarse los programas específicos para hijos de residentes españoles, En él se inscriben dos planteamientos alternativos cuya finalidad es la atención de aquellos alumnos que opten por mantener los referentes de su lengua y cultura de origen. El primero, cuyo establecimiento debe buscarse con carácter prioritario, consiste en la integración de las enseñanzas de lengua y cultura españolas en el sistema educativo en el que los alumnos se encuentran escolarizados, al objeto de propiciar su plena inserción en el medio escolar y social del país de residencia. El segundo planteamiento está previsto para el supuesto de que la deseada integración no pueda alcanzarse. En tal caso, la administración educativa española organiza enseñanzas complementarias de lengua y cultura españolas a través de aulas creadas al efecto. A su vez, estas aulas se ordenan en agrupaciones de lengua y cultura, cuya creación y supresión compete al Ministerio de Educación y Ciencia, de acuerdo con el de Asuntos Exteriores. En fin, distintos artículos del mencionado Real Decreto, así como su disposición final segunda, facultan al Ministerio de Educación y Ciencia para dictar las disposiciones de ejecución y desarrollo de lo que aquél establece.

En su virtud este Ministerio, de acuerdo con el de Asuntos Exteriores, ha dispuesto:

Primero.-Las enseñanzas de lengua y cultura españolas, previstas en la Sección Segunda del Capítulo III del Real Decr...

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