BOE. Boletín Oficial del Estado, May 11, 1995 (Nbr. 0112)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Educacion y Ciencia
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Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre. de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre.
REAL DECRETO 378/1993, de 12 de Marzo, por el que se establece un regimen de ayudas para fomentar inversiones forestales en explotaciones agrarias y acciones de desarrollo y aprovechamiento de los Bosques en las Zonas rurales. de 12 de Marzo, por el que se establece un regimen de ayudas para fomentar inversiones forestales en explotaciones agrarias y acciones de desarrollo y aprovechamiento de los Bosques en las Zonas rurales.
REAL DECRETO 51/1995, de 20 de Enero, por el que se establece un regimen de Medidas horizontales para fomentar metodos de Produccion agraria compatibles con las Exigencias de la Proteccion y la Conservacion del Espacio natural. de 20 de Enero, por el que se establece un regimen de Medidas horizontales para fomentar metodos de Produccion agraria compatibles con las Exigencias de la Proteccion y la Conservacion del Espacio natural.
REAL DECRETO 632/1995, de 21 de abril, por el que se establece un regimen de Medidas a aplicar en las Zonas de Influencia de los Parques nacionales y de Otras zonas sensibles de Especial proteccion, para fomentar el Empleo de Metodos de Produccion agraria compatibles con las Exigencias de la Proteccion del Medio ambiente y la Conservacion del ...
En el marco de la reforma de la Política Agraria Común, el Reglamento (CEE) 2078/92, del Consejo, de 30 de junio, sobre métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural, establece un régimen de ayudas destinadas a fomentar dichos métodos de producción. Con el fin de estimular la participación de los agricultores y ganaderos en estas medidas, se hace necesario compensar las rentas de aquellos que se comprometan a su realización.
Con arreglo a lo especificado en el artículo 3 del Reglamento (CEE) 2078/92, del Consejo, de 30 de junio, se ha redactado un programa nacional para su aplicación en España. Dicho programa consta de dos partes: La primera parte, en aplicación del apartado 4 del artículo 3 del Reglamento (CEE) 2078/92, desarrolla un programa de cuatro medidas horizontales aplicables en todo el territorio nacional y ha tenido su desarrollo en el Real Decreto 51/1995, de 20 de enero, por el que se establece un régimen de medidas horizontales para fomentar métodos de protección agraria compatibles con las exigencias de la protección y conservación del espacio natural. La segunda parte del programa, en aplicación de los apartados 1, 2 y 3 del artículo 3 del citado Reglamento, se refiere a la actuación sobre zonas específicas: Parques Nacionales, Humedales del Convenio Ramsar, zonas de especial protección de las aves (Zepas) y zonas especiales seleccionadas por las Comunidades Autónomas. Con el régimen de actuaciones, que se establece en este Real Decreto, se pretende instrumentar lo previsto en el Reglamento (CEE) 2078/92 y alcanzar, entre otros, los siguientes objetivos: en primer lugar, realizar los cambios previstos en el contexto de las organizaciones comunes de mercado, aprovechando la disminución de producciones para mejorar las condiciones medioambientales. Por otro ...
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