Tribunales Superiores de Justicia
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Id. vLex: VLEX-15460667
DESPIDO. RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Al amparo de la Ley de Procedimiento Laboral la recurrente interesa que se suprima del ordinal de los hechos probados la redacción de que la sentencia del Juzgado de lo Social de Córdoba fue estimatoria de la demanda y que ordenaba la reposición de la prestación de orfandad en la cuantía mensuales y el reintegro a la actora de las cantidades descontadas, aportando una redacción que es prácticamente idéntica a la que contiene el hecho tercero, ya que la que pretende suprimir expresa el carácter estimatorio de la demanda, la orden de reposición de la prestación, la cuantía y el reintegro de las cantidades descontadas. Se estima el recurso de suplicación.

Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículos 144 , 145 , 292
Código Civil. - Artículos 1262 , 1973
Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. - Artículo 43
Despido
Prescripción y caducidad
Prescripción
De prestaciones de la Seguridad Social
Ejecución de sentencias y acuerdos
Ejecución provisional
Sentencias condenatorias en materia de Seguridad Social
Procedimiento laboral
Apelante
Contratos
Elementos del contrato
Consentimiento de los contratantes
Indisciplina o desobediencia
Procedimientos laborales especiales
Seguridad Social
Cosa juzgada
Concepto
Despido disciplinario
Prescripción
Prescripción de acciones
Proceso
Despido disciplinario
Case of Tribunal Superior de Justicia - Sevilla, Andalucía, of November 03, 1999
ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: Según consta en autos, se presentó demanda por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre cantidad, contra Doña M.L.G.C., se celebró el juicio y se dictó sentencia el uno de diciembre de 1997 por el Juzgado de referencia, en que se estimó la demanda. SEGUNDO: En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes: PRIMERO: D. R.L.G.C., incapacitado y sujeto a la tutela de Dª M.L.G.C., hermana del primero, obtuvo Resolución favorable de pensión de orfandad solicitada en fecha 26-3-91 por importe de 65.208 ptas., mensuales y originada por el fallecimiento del padre de ambos D. L.G.Z. en fecha 28-9-90, afiliado al régimen general de la seguridad social. SEGUNDO: En fecha 8-6-92 se requirió a Dª M.L.G.C. el cobro indebido de 1.049.674...
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