Tribunales Superiores de Justicia
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Id. vLex: VLEX-15461082
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DESEMPLEO. Corresponde hacer figurar como ingresos del demandado en concepto de rendimientos de capital mobiliario s—lo los correspondientes a Žl, ya que los rendimientos del capital mobiliario de bienes y rentas que pertenecen a los c—nyuges constituyen una comunidad de bienes en la que se presumen iguales en las partes de propiedad de cada comunero, y cada condue–o tiene la propiedad de su parte y de los frutos y utilidad que le correspondan. Al formular el demandado declaraci—n complementaria de su declaraci—n de la renta, haciendo figurar en la misma s—lo la parte de aquellos rendimientos que le correspond’a, obr— correctamente. Como sumado el importe de dicho rendimiento del capital mobiliario, no exceden la cuant’a del SMI del a–o 1995, es claro el derecho del demandado a lucrar el subsidio. En primera instancia se desestima la demanda. Se desestima el recurso de suplicaci—n.

Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículo 97
Código Civil. - Artículos 392 , 399
Comunidad de bienes
Concepto
Existencia de relación laboral
Desempleo
Cuestiones generales
Legitimación
Comunidad de Bienes
Dependencia o subordinación
Acreditación de la suspensión del contrato
el preaviso
Trabajadores fijos discontinuos
Agotados todos los recursos ordinarios
Desempleo
Nivel contributivo
Requisitos
Acreditación de la extinción del contrato
Trabajador
Procedimiento laboral
Proceso ordinario
Sentencia
Personas protegidas
Contra sentencia firme
Ajenidad
Case of Tribunal Superior de Justicia - Sevilla, Andalucía, of September 15, 1999
ANTECEDENTES DE HECHOPrimero. - En el Juzgado dé referencia tuvo entrada demanda interpuesta por INEM en reclamación sobre DESEMPLEO contra DON A.M.M. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 12 de Noviembre d...
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