Tribunales Superiores de Justicia
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Id. vLex: VLEX-15462883
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RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. DIFERENCIAS DE COTIZACIÓN. Se impugna en el presente proceso la resolución de la Dirección Provinciade la Tesorería General de la Seguridad Social de por la que se desestimó el recurso ordinario interpuesto contra el acta de liquidación que le fue levantada por diferencias de cotización. Las Mutuas son Entidades Colaboradoras en materia de accidentes de trabajo y Seguridad Social, sin que puedan asimilarse a compañías de seguros, y que no disponen de facultad piara fijar las primas aplicables, puesto que éstas vienen establecidas mediante una norma general por lo que no existe en este punto margen para la autonomía privada. En consecuencia, contrariamente a lo que sostiene la recurrente, resulta absolutamente intrascendente en el ámbito de las relaciones entre la Seguridad Social y la empresa, respecto de la cuantía de sus obligaciones de cotización, el que la Mutua Patronal señale erróneamente un determinado epígrafe de la Tarifa de Primas. Se desestima el recurso.

Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. - Artículo 86
REAL DECRETO 1637/1995, de 6 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de Recaudacion de los Recursos del Sistema de la Seguridad social. de 6 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de Recaudacion de los Recursos del Sistema de la Seguridad social.
LEY ORGÁNICA 6/1998, de 13 de julio, de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. de 13 de julio, de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. - Artículos 31 , 68 , 76 , 202
Real Decreto 2930/1979, de 29 de diciembre, de las tarifas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. de 29 de diciembre, de las tarifas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Administración
Accidente de trabajo
Colaboración con la gestión
Administración
Gestión de la Seguridad Social
Colaboración en la gestión
Entidades colaboradoras
Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social
Case of Tribunal Superior de Justicia - Aragón, of December 15, 1999
ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- La parte actora en el presente recurso, por escrito que tuvo entrada en La Secretaría de este Tribunal en fecha 25 de marzo de 1997, interpuso recurso contencioso administrativo contra las resoluciones citadas en el encabezamiento de esta sentencia. SEGUNDO.- Previa la admisión a trámite del recurso, publicación de su interposición y recepción del expediente administrativo, se dedujo la corresp...
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