Tribunales Superiores de Justicia
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/15473149
Id. vLex: VLEX-15473149
Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)
DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE. Carecen por tanto de fundamentación fáctica y jurídica las alegaciones del recurrente, en cuanto pretenden justificar el dominio y posesión de bienes de dominio público en un plano de 1.954 unido al expediente, sin probar que las obras y construcciones ejecutadas antes de la entrada en vigor de la vigente Ley de Costas habían obtenido la autorización o concesión exigible en la legislación anterior. Se desestima recurso contencioso administrativo.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículo 56
Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. de 28 de julio, de Costas. - Artículos 10 , 32 , 33 , 108
Constitución Española de 1978. - Artículo 132
Código Civil. - Artículos 444 , 1936
Real Decreto 1471/1989, de 1 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para desarrollo y Ejecucion de la Ley 22/1988, de 28 de Julio, de Costas. de 1 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para desarrollo y Ejecucion de la Ley 22/1988, de 28 de Julio, de Costas.
Abogado del Estado
Case of Tribunal Superior de Justicia - Cataluña, of November 16, 1999
ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Por la Procuradora Sra. Lassaletta Fernández, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución de 24 de abril de 1996 por la que se acuerda recuperar para el Estado el dominio público marítimo terrestre ocupado sin título legal por la instalación de un Bar-restaurante en ...
If you are already a vLex customer, Access Here