Tribunales Superiores de Justicia
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ACTA DE INFRACCIÓN. Se reclama acta de infracción levantada por parte de la Inspección de Seguridad Social. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con la habilitación nacional reconocida por el art. 2.1 de la Ley 42/1997, ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, podrá desarrollar actuaciones inspectoras de alcance supraprovincial, relativas a deudas por cuotas, pudiendo iniciar expedientes liquidatorios y sancionadores del mismo alcance. En primera instancia se desestimó la demanda. Se desestima suplicación.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 54 , 62 , 63
Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social - Artículo 2
REAL DECRETO 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el reglamento general sobre procedimientos para la imposicion de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la seguridad social. de 14 de mayo, por el que se aprueba el reglamento general sobre procedimientos para la imposicion de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la seguridad social. - Artículo 29
REAL DECRETO 84/1996, de 26 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento general sobre Inscripcion de Empresas y afiliacion, altas, bajas y Variaciones de Datos de Trabajadores en la Seguridad social. de 26 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento general sobre Inscripcion de Empresas y afiliacion, altas, bajas y Variaciones de Datos de Trabajadores en la Seguridad social.
Alta y baja en la seguridad social
Seguridad social
Altas y bajas
Tesorería general de la seguridad social
Case of Tribunal Superior de Justicia - Valladolid, Castilla y León, of December 21, 1999
ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Con fecha 19 de Julio de 1.999, se presentó en el Juzgado de lo Social núm. Uno de Salamanca, demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado...
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