Case of Tribunal Superior de Justicia - Madrid, of December 16, 1999

Tribunales Superiores de Justicia


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Summary:

CONTRATO DE INTERINIDAD. No constituye fraude de ley la contratación temporal para cubrir plaza vacante, aunque la relación contractual se prolongue por retraso de la entidad gestora, en la convocatoria de los concursos para la ocupación estable de las mismas. No hubo fraude de ley alguno, sino un contrato de interinidad indefinida por vacante, lícito y ventajoso para el interés del actor que continua trabajando en esa situación de interinidad indefinida, de ahí que deba desestimarse el recuso. Se desestima la apelación.

Citations:

Headnotes:

Apelado
Procedimiento laboral
     Proceso ordinario
          Prueba
               Prueba documental
Contrato de trabajo
     Celebración del contrato
          Fuentes de la relación laboral
Contrato de trabajo
     Contenido
          duración
               Contrato de duración determinada
                    Modalidades
                         Contrato de interinidad
                              Fraude de ley

Extract:

Case of Tribunal Superior de Justicia - Madrid, of December 16, 1999

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Que según consta en los autos numero 508/97, se presentó demanda por Don A.L.C. contra La Residencia Militar D.Q., en reclamación sobre Derechos y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado por el Juzgado de referencia sentencia de fecha 28 de mayo de 1.999, en los términos que figuran en el Fallo de dicha resolución y que se dan por reproducidos íntegramente.

SEGUNDO.- En dicha sentencia, y como Hechos Probados se decla...

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