Boletín Oficial del País Vasco, January 02, 2001 (Nbr. 1)
1 - Disposiciones Normativas - Industria, Comercio y Turismo
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 23 , 71
LEY 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ORDEN de 18 de diciembre de 2000, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la concesión de subvenciones a los Agentes Tecnológicos integrados en la Red Vasca de Tecnología.
ORDEN de 18 de diciembre de 2000, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la concesión de subvenciones a los Agentes Tecnológicos integrados en la Red Vasca de Tecnología. El Decreto 96/1997, de 30 de abril, por el que se constituye y se regula la Red Vasca de Tecnología mediante el establecimiento de relaciones de colaboración y coordinación con las Entidades de Investigación Tecnológica de Euskadi y se determinan las características y funciones de los mismos, estableció en su artículo 5 las líneas básicas de financiación que a las citadas Entidades se les podía conceder para la realización de proyectos de investigación genérica, de programas de especialización y de otro tipo de actuaciones, remitiendo a sus normas de desarrollo para la concreción de aquellos aspectos no regulados por el Decreto. El Decreto 278/2000, de 26 de diciembre, de modificación del Decreto 96/1997, de 29 de abril, ha variado algunos aspectos fundamentales del mismo. Por este motivo, resulta procedente desarrollar el citado Decreto en relación a la financiación que corresponde al Departamento de Industria, Comercio y Turismo, así como en relación al procedimiento para que los Agentes Tecnológicos accedan a la misma. Por todo lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en la Disposición Final Primera del Decreto de referencia, DISPONGO: CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.¿ Objeto. 1.¿ Es objeto de la presente Orden la regulación de las ayudas a conceder a los Agentes Tecnológicos incluidos en la Red Vasca de Tecnología, en desarrollo de lo establecido en el Decreto 96/1997, de 29 de abril, modificado por el Decreto 278/2000, de 26 de diciembre, por el que se constituye y se reg...
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