BOE. Boletín Oficial del Estado, January 23, 1987 (Nbr. 0020)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Educacion y Ciencia
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REAL DECRETO 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior.

Real Decreto 1784/1980, de 31 de Julio, sobre Regimen de Convalidacion de Estudios totales y Titulos superiores extranjeros obtenidos por españoles exiliados por razones politicas o por emigrantes españoles. de 31 de Julio, sobre Regimen de Convalidacion de Estudios totales y Titulos superiores extranjeros obtenidos por españoles exiliados por razones politicas o por emigrantes españoles.
Real Decreto 486/1981, de 27 de Febrero, sobre acceso a Estudios de Doctorado y Especializacion postgraduada de los Estudiantes con titulos universitarios extranjeros. de 27 de Febrero, sobre acceso a Estudios de Doctorado y Especializacion postgraduada de los Estudiantes con titulos universitarios extranjeros.
Ley Organica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma universitaria. de 25 de agosto, de Reforma universitaria. - Artículos 28 , 32
Real Decreto 185/1985, de 23 de Enero, por el que se regula el Tercer ciclo de Estudios universitarios, la Obtencion y Expedicion del Titulo de Doctor y Otros estudios postgraduados. de 23 de Enero, por el que se regula el Tercer ciclo de Estudios universitarios, la Obtencion y Expedicion del Titulo de Doctor y Otros estudios postgraduados.
Real Decreto 86/1987, de 16 de Enero, por el que se regulan las Condiciones de Homologacion de Titulos extranjeros de Educacion superior.
El articulo 149.1.30 de la constitucion atribuye la regulacion de las condiciones de obtencion, expedicion y homologacion de titulos academicos y profesionales a la competencia exclusiva del estado. Por su parte, la Ley Organica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, que establece la normativa basica en materia de enseñanza universitaria, señala en su articulo 32.2 como funcion del Gobierno la regulacion, previo informe del Consejo de Universidades, de las condiciones de homologacion de titulos extranjeros.
En cumplimiento de estos mandatos y existiendo hoy una legislacion dispersa en esta materia, se hace preciso unificar y actualizar, de acuerdo con la Ley de Reforma Univ...
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