BOE. Boletín Oficial del Estado, June 24, 1989 (Nbr. 0150)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Economia
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Id. vLex: VLEX-15516658

Ley 33/1987, de 23 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1988. de 23 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1988. - Artículo 25
Real Decreto 640/1987, de 8 de Mayo sobre Pagos librados a Justificar.
Ley 37/1988, de 28 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1989. de 28 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1989. - Artículo 21
Real Decreto 725/1989, de 16 de Junio, sobre anticipos de Caja fija.
El articulo 21.1 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989, modifica y refunde en un nuevo punto 7 los numeros 7 y 8 del articulo 79 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria. Segun la nueva redaccion dada al articulo 79.7 del citado Texto Refundido los anticipos de Caja Fija dejan de tener la condicion de , pasando a considerarse como operaciones extrapresupuestarias.
Procede, por tanto, dictar las normas que regulen los anticipos de Caja Fija en esta nueva consideracion, que sustituiran a las contenidas en el Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados , en lo que afecten a los citados anticipos. En su virtud, de acuerdo con El Consejo de Estado, a propuesta del Ministro de ...
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