BOPV. Boletín Oficial del País Vasco, June 30, 2000 (Nbr. 125)
1 - Disposiciones Normativas - Industria, Comercio y Turismo
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
LEY 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ORDEN de 30 de junio de 2000, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen ayudas para planes de dinamización turística de carácter territorial.
ORDEN de 30 de junio de 2000, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen ayudas para planes de dinamización turística de carácter territorial. El desarrollo turístico sostenible de Euskadi necesita de una adecuada articulación territorial y sectorial de la oferta turística. Esta articulación de la oferta, pasa por integrar los agentes turísticos públicos y privados en entes de cooperación, por el impulso de planes de dinamización turística de carácter comarcal/o supramunicipal que transformen los recursos turísticos presentes en el territorio en productos integrales, capaces de generar demandas de calidad y de estancias más largas sobre todo en el segmento del turismo de ocio y en el de ferias y congresos. En este contexto, el objeto de la presente orden tiene como objeto impulsar esta integración de la oferta turística a través de cuatro herramientas. La primera de ellas son los entes de cooperación turística que ponen en relación a los agentes turísticos de una comarca turística fortaleciendo el tejido empresarial turístico, rentabilizando los esfuerzos públicos y mejorando en general la competitividad en la producción de servicios para el turista y/o visitante. La segunda son los planes de dinamización turística territorial que impulsan la inversión en los recursos del territorio al objeto de transformarlos en servicios que el turista y/o visitante reciben en calidad de tales. La tercera herramienta son los planes PERCOTUR (Planes de Revitalivación Comercial y Turística) destinados a aquellos municipios de claro perfil turístico y con alta estacionalidad en la demanda comercial y turística y que se promueven en colaboración con la Dirección de Comercio de la Viceconsejería de Comercio y de Consumo. La cuarta y última son los planes municipales de dinamización turística así como la creación de productos turísticos que, tomando como partida los recu...
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