Appeal nº 3044/2001, Reporting Judge Enrique Bacigalupo Zapater
Case Law No.187/2003
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Id. vLex: VLEX-15526172
PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD - RECURSO DE ACLARACIÓN - 1.- Se produjo infracción de los arts. 267 LOPJ y 9 y 117 CE, así como el principio de proporcionalidad y el art. 66,1ª CP en relación a la clausura temporal del local dispuesta en el auto de aclaración. La cuestión consiste en la modificación del fallo de la sentencia dispuesta en un auto de aclaración en el que se dispuso la clausura temporal, por aplicación del art. 194 CP del local en el que se ejercía la prostitución. El auto excede la aclaración y la pretensión del Fiscal se debió ejercer a través del derecho a los recursos. 2.- Es indudable que la introducción en el fallo de una nueva consecuencia jurídica, que no responde a ninguno de los fundamentos jurídicos contenidos en la sentencia, comporta una variación de la misma interdicta en el art. 267 LOPJ. En primera instancia se condena a los acusados. Se estiman parcialmente los Recursos de Casación.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 576
Constitución Española de 1978. - Artículos 24 , 117
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 2 , 66 , 188 , 194 , 620
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículos 5 , 267
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículo 849
Recurso de casación
Violencia doméstica
Acusado
Administración de justicia
Poder judicial y potestad sancionadora
Proceso penal
Delitos relativos a la prostitución
Aclaración de sentencia
Recurso de aclaración
Prostitución
Ejecución dineraria
Cuestiones generales
Intereses de la mora procesal
Proceso penal
Prostitución
Delitos contra la libertad sexual
Corrupción de menores
Concepto
Resoluciones judiciales
Sentencias
Rectificación
Case of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal nº 187/2003, of February 14, 2003
D. LUIS ROMAN PUERTA LUISD. ENRIQUE BACIGALUPO ZAPATERD. JOSE MANUEL MAZA MARTIN
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a catorce de Febrero de dos mil tres. En el recurso de casación por quebrantamiento de forma e infracción de Ley que ante Nos pende interpuesto por los procesados Ángel Daniel , Casimiro y Alicia contra sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, que le condenó por delito relativo a la prostitución, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que arriba se expresan se han constituido para la deliberación y fallo bajo la Presidencia del Excmo. Sr. D. Luis-Román Puerta Luis y Ponencia del Excmo. Sr. D. Enrique Bacigalupo Zapater, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dichos procesados, como parte recurrente, representados por el Procurador Sr. Orozco García.I. ANTECEDENTES 1.- El Juzgado de Instrucción número 2 de Manzanares incoó procedimiento abreviado número 5/98 contra los procesados Ángel Daniel , Casimiro y Alicia y, una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Ciudad Real que con fecha 27 de Junio de 2001 dictó sentencia que contiene los siguientes hechos...
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