Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo nº /, of February 25, 2003

Tribunal Supremo

Appeal nº 62/2001, Reporting Judge Fernando Martín González
Case Law No./
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Id. vLex: VLEX-15526265

Summary:

MAGISTRADOS. ACTIVIDAD DOCENTE. La actividad docente, en principio no está afectada por una incompatibilidad de carácter absoluto sino meramente relativa. La declaración de incompatibilidad solo resultará jurídicamente justificada cuando consten concretas razones o circunstancias que demuestren que la simultaneidad del ejercicio docente puede impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de los deberes judiciales o comprometer la imparcialidad o independencia del Juez o magistrado afectado. El riguroso régimen de incompatibilidades previsto por los Magistrados del Tribunal Supremo por el artículo 350.3 no puede contemplarse aisladamente, sino que debe considerarse bajo el régimen jurídico que deriva del art. 299 LOPJ y no puede sostenerse que los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia, que no figuran comprendidos en el estatuto de los Magistrados del Tribunal Supremo, sean sometidos a la misma incompatibilidad. Se estima el recurso de casación.

Citations:

Headnotes:

Educación
Administración de Justicia
Jueces
     Incompatibilidades y prohibiciones
          Incompatibilidad
Igualdad ante la ley
     Regulación constitucional
Apelante
Administración de justicia
     Composición y atribuciones
          Tribunales Superiores de Justicia
Organización judicial
Incompatibilidades
Confesiones religiosas
     Libertad religiosa
          No discriminación por motivos religiosos
Universidades

Extract:

Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo nº /, of February 25, 2003

D. MANUEL GODED MIRANDAD. JUAN JOSE GONZALEZ RIVASD. FERNANDO MARTIN GONZALEZD. PABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVA

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Febrero de dos mil tres.

Visto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, constituida por los señores arriba anotados, el recurso contencioso-administrativo que con el núm. 62/2001 ante la misma pende de resolución, interpuesto por D. Gonzalo , representado por la Procuradora Dª Elisa Hurtado Pérez, contra Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 5 de Diciembre de 2000, sobre compatibilidad del cargo judicial con el ejercicio de la docencia, habiendo sido parte recurrida la Administración del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por la representación de D. Gonzalo se interpuso recurso contencioso-administrativo contra dicha resolución, el cual fue admitido por la Sala, motivando la publicación del preceptivo anuncio en el Boletín Oficial del Estado y la reclamación del expediente administrativo que, una vez recibido...

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