BOE. Boletín Oficial del Estado, July 02, 2003 (Nbr. 157)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Educacion, Cultura y Deporte
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Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

REAL DECRETO 2438/1994, de 16 de Diciembre, por el que se regula la Enseñanza de la Religion. de 16 de Diciembre, por el que se regula la Enseñanza de la Religion. - Artículo 3
LEY ORGÁNICA 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación. de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación. - Artículos 8 , 16 , 18 , 42 , 43
REAL DECRETO 827/2003, de 27 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación. de 27 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación.
Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación. de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.
REAL DECRETO 830/2003, de 27 de junio, por el que se establecen las enseñanzas comunes de la Educación Primaria.
REAL DECRETO 830/2003, de 27 de junio, por el que se establecen las enseñanzas comunes de la Educación Primaria.
Según establece la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, en su artículo 8.2, corresponde al Gobierno fijar las enseñanzas comunes, que son los elementos básicos del currículo, en cuanto a los objetivos, contenidos y criterios de evaluación. La fijación de estas enseñanzas es, en todo caso y por su propia naturaleza, competencia exclusiva del Estado, de acuerdo con lo previsto por la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en su disposición adicional primera.2.c), y a tenor de la disposición final tercera. 2 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre.La finalidad de estas enseñanzas comunes, y razón de ser de la competencia que corresponde en exclusiva al Estado para fijarlas, es garantizar una formación común a todos los alumnos dentro del sistema educativo español, como se expresa en el artículo 8.2 de la referida Ley Orgánica 10/2002.Para asegurar el logro de esta finalidad, las enseñanzas comunes han de quedar incluidas, en sus propios términos, en el currículo que cada una de las Administraciones educativas establezca para su respectivo territorio y a su impartición ha de dedicarse, en todo caso, de acuerdo con lo determinado en la propia Ley Orgánica 10/2002, en su artículo 8.2, el 55 por ciento de los horarios escolares en las comunidades autónomas que tengan, junto a la castellana, otra lengua propia cooficial, y el 65 por ciento en el caso de aquellas que no la tengan.A estas exigencias, impuestas por la propia finalidad de las enseñanzas comunes, obedece la fijación que, de los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y horarios, de las correspondientes al nivel de Educación Primaria, se lleva a cabo en este real decreto.La sociedad de nuestros días se caracteriza por su gran complejidad y por sus avances científicos y tecnológicos. La escuela del siglo XXI no debe ser ajena a los desafíos del presente y, por ello, debe responder a las expectativas de los ciudadanos con una educación de calidad para todos, que les será útil a lo largo de toda la vida, permitiéndoles afrontar los retos del nuevo contexto social.Al establecer las enseñanzas comunes de la Educación Primaria se han tenido en cuenta no sólo las necesidades sociales, sino también las características evolutivas de las distintas edades y las pautas que rigen el aprendizaje en esta etapa de la vida. El conocimiento de estas características ha servido para determinar los objetivos, los medios y las formas de aprender más adecuados a cada nivel para alcanzar los fines propuestos.Las enseñanzas comunes no deben limitarse a la adquisición de conocimientos, sino que han de proponer también una educación que contribuya al desarrollo integral de todas las capacidades. Todo ello exige dotar al currículo de una gran riqueza y variedad de contenidos.En las áreas, se desarrollan contenidos de carácter instrumental, lingüístico, científico, tecnológico, estético, así como los valores que deberán servir de referencia para la formación integral de los alumnos.Las enseñanzas comunes deben asegurar una educación que facilite a los alumnos el desarrollo de su personalidad y de su capacidad mental y física, cualesquiera que sean sus condiciones personales y sociales, partiendo de la escuela como centro de cultura y espacio de compensación de diferencias asociadas a factores de origen económico y social. Por otra parte, el hecho de ser enseñanzas comunes a todos los españoles favorecerá su entendimiento y convivencia en torno a valores compartidos y facilitará la continuidad, progresión y coherencia del aprendizaje en caso de desplazamiento dentro del territorio nacional.Para dar una repuesta educativa al alumnado del nivel de Educación Primaria, tomando como referencia los objetivos generales, las enseñanzas comunes se diversifican en objetivos específicos de cada área, así como en contenidos y criterios de evaluación secuenciados en los tres ciclos, de forma que exista un mayor grado de concreción y se consiga una mayor adecuación a los fines que se pretenden.En estas enseñanzas destaca el papel fundamental que adquiere la comprensión lectora. Se considera un contenido con valor propio, pues se utiliza en todas las áreas y en todos los cursos, contemplándose como un proceso inacabado a lo largo de toda la Educación Primaria, que deberá tener su continuidad en la Educación Secundaria Obligatoria. La lectura deberá, por tanto, estimularse y ser llevada a cabo por todos los profesores que intervienen en el proceso educativo, desarrollando estrategias y técnicas eficaces de compresión lectora como forma de acceso a la información, al conocimiento y al deleite.El aprendizaje de lenguas extranjeras, cuya enseñanza se adelanta al primer ciclo de Educación Primaria, dará respuesta a una necesidad prioritaria de comunicación y de entendimiento entre cul...
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