LEY 2/2003, de 22 de mayo, del Consejo Gallego de Universidades.

Boletín Oficial del Estado, July 02, 2003 (Nbr. 157)

I - Disposiciones Generales - Comunidad Autonoma de Galicia
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Ley 5/1987, de 27 de Mayo, del Consejo social de la Universidad y del Consejo universitario de Galicia.

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LEY 2/2003, de 22 de mayo, del Consejo Gallego de Universidades.

LEY 2/2003, de 22 de mayo, del Consejo Gallego de Universidades.

El artículo 27.10º de la Constitución de 1978 consagró, por vez primera en nuestro derecho, la autonomía de las universidades, desarrollada, a su vez, por la Ley orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria, y la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades.

La presente ley se fundamenta en la competencia plena que, según el artículo 31 del Estatuto de autonomía, ejerce la Comunidad Autónoma de Galicia para la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, a la vez que en lo dispuesto en el artículo 2.5º de la Ley orgánica 6/2001, que asigna a las comunidades autónomas las tareas de coordinación de las universidades de su competencia, sin perjuicio de las funciones atribuidas al Consejo de Coordinación Universitaria, confiriéndoles, por tanto, la potestad de establecer los órganos consultivos que estime oportunos.

La Ley orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria, dio lugar a que se creara un órgano de consulta y asesoramiento, y así se hizo por Ley 5/1987, de 27 de mayo, del Consejo S...

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