LEY 16/2003, de 8 de abril, de Prevención y Protección Integral de las Mujeres contra la Violencia de Género.

BOE. Boletín Oficial del Estado, July 08, 2003 (Nbr. 162)

I - Disposiciones Generales - Comunidad Autonoma de Canarias
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LEY 16/2003, de 8 de abril, de Prevención y Protección Integral de las Mujeres contra la Violencia de Género.

LEY 16/2003, de 8 de abril, de Prevención y Protección Integral de las Mujeres contra la Violencia de Género.

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 16/2003, de 8 de abril, de Prevención y Protección Integral de las Mujeres contra la Violencia de Género.

PREÁMBULO

I

La violencia de género constituye un grave atentado directo e inmediato contra la dignidad, los derechos individuales, la calidad de vida y la salud física y mental de las mujeres.

La violencia de género no es un fenómeno nuevo ni característico exclusivamente de nuestra sociedad. Se trata de una terrible lacra social que debilita los pilares de nuestro sistema político y nuestra convivencia cotidiana, y que se fundamenta en una consideración desigual y desequilibrada de las relaciones de poder entre hombres y mujeres, prejuicios sexistas, y actitudes discriminatorias en los más variados aspectos.

Durante años la lucha por la erradicación de la discriminación contra las mujeres y la denuncia del fenómeno de la violencia ha estado liderada e impulsada por los colectivos feministas y de mujeres. Ello ha llevado a que en la actualidad la sociedad sea más consciente y sensible a la problemática y que tanto en el ámbito nacional como en el autonómico y local, se hayan puesto en marcha numerosos programas y acciones de todo orden para hacer frente a dicha cuestión. En dicho marco se encuadra el Programa canario para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres (2002-2006), que es un conjunto de actuaciones diseñadas y promovidas por el Gobierno de Canarias a través del cual se formaliza su compromiso activo en la eliminación de cualquier tipo de manifestación de violencia de género en nuestro territorio. Fruto de la implementación de dicho programa ha sido el desarrollo de acciones específicas y transversales, coordinadas y promovidas por el Instituto Canario de la Mujer, que han contribuido a generar la iniciativa de crear un sistema canario de intervención integral contra la violencia hacia las mujeres, al que la presente Ley da el máximo relieve en cuanto contiene un conjunto de medidas para la prevención, sensibilización y erradicación de la violencia de género, así como para la asistencia y protección de sus víctimas.

II

En el marco de la Unión Europea, la igualdad entre hombres y mujeres y su promoción se consagra en el artículo 2 del Tratado constitutivo, punto de partida de un proceso institucional cuyo objeto fundamental es garantizar la igualdad de hombres y mujeres y evitar la discriminación de éstas, instando a los Estados miembros al desarrollo de políticas específicas de prevención y represión de la violencia contra las mujeres. La violencia ejercida contra las mujeres ha sido denunciada como problema que afecta al conjunto de la sociedad por distintos organismos internacionales, pero fue la Organización de Naciones Unidas la que en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres de septiembre de 1995, alcanzó a calificarla como un obstáculo para conseguir los objetivos de igualdad, desarrollo y paz, al tiempo que un impedimento del ejercicio de los der...

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