Appeal nº 1789/2001, Reporting Judge D. Joaquín Giménez García
Case Law No.464/2003
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Id. vLex: VLEX-15728887
DELITO CONTINUADA DE ESTAFA. PENA. La extensión de la pena aparece totalmente proporcionada a la gravedad económica del hecho y la existencia de 20 perjudicados. No existe vulneración determinado el grado correspondiente a la pena a imponer efectuar el último ajuste, dentro del grado correspondiente en atención a las circunstancias existentes y al perjuicio producido. En primera instancia se condenó al acusado. Planteado recurso de casación fue desestimado.

Constitución Española de 1978. - Artículos 24 , 25
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 61 , 69 , 528
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículos 5 , 65
Ley 24/1988, de 28 de Julio, del Mercado de Valores. de 28 de Julio, del Mercado de Valores.
Prueba
Perjudicado
Delito
Teoría de la pena
Competencia judicial
Jurisdicción penal
Sala Penal de la AN
Contratos privados criminalizados
Penas
Apreciación y valoración
Objeción de conciencia
Dolo
Presunción de inocencia
Administración de justicia
Composición y atribuciones
Aplicación de las penas
Proceso penal
estafa o apropiación indebida
Administración de justicia
Poder judicial y potestad sancionadora
Dolo
Prueba
Penas
Audiencia Nacional
Estafa
Estafa
Delito contra el deber de cumplimiento de la prestación social sustitutoria
Prueba
Case of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal nº 464/2003, of March 27, 2003
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintisiete de Marzo de dos mil tres. En el recurso de casación por Infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por la representación de Paulino , contra sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, por delito de estafa, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que arriba se expresan se han constituido para la Votación y Fallo bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. D. JOAQUÍN GIMÉNEZ GARCÍA, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dicho recurrente representado por el Procurador Sr. Vázquez Gillén; siendo parte recurrida Marcelino , Gaspar , representados por el Procurador Sr. Laguna Alonso y Joaquín , representado por el Procurador Sr. Rioperez Losada. I. ANTECEDENTES Primero.- El Juzgado Central de Instrucción nº 3, incoó Procedimiento Abreviado nº 321/93, contra Franco , Constantino , Paulino , María Purificación y la entidad Management Bursátil, S.A. (en concepto de responsable civil subsidiario), por delito de estafa, y una vez concluso lo remitió a la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que con fecha 13 de Marzo de 2001 dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: "Se dan por reproducidos los Hechos probados de la Sentencia nº 36/99 de 29.09.1999". (sic) Segundo.- La Audiencia de instancia dictó el siguiente pronunciamiento: "FALLAMOS: Que debemos condenar y condenamos a Paulino , como autor penalmente responsable de un delito continuado de estafa, sin la concurrencia de circunstancias genéricas modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION MENOR, con la accesoria de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la ...
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