Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 360/2002, Reporting Judge JUAN CARLOS TRILLO ALONSO
Case Law No.10/2003
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Id. vLex: VLEX-16056694
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DECLARACIÓN DE EXTINCIÓN DE SERVIDUMBRE DE PASO. SERVIDUMBRE FORZOSA. La situación de enclavamiento fisico de las fincas, fue ocasionado por un acto voluntario, cuya causa es la segregación y responde a la mera conveniencia de la propiedad. En primera instancia se desestima la demanda. Se estima la apelación, estimándose íntegramente la demanda. Se desetima la casacion.

Ley 4/1995, de 24 de mayo, de Derecho Civil de Galicia. de 24 de mayo, de Derecho Civil de Galicia. - Artículos 25 , 26 , 29
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 477
Código Civil. - Artículos 536 , 546 , 564 , 565 , 568 , 1091 , 1255 , 1256 , 1257 , 1258
LEY 11/1993, de 15 de Julio, sobre el Recurso de Casacion en materia de derecho civil especial de Galicia. de 15 de Julio, sobre el Recurso de Casacion en materia de derecho civil especial de Galicia. - Artículo 2
Servidumbres
Servidumbres legales
Servidumbre de paso
Predio sirviente
Alimentos
Extinción
Case of Tribunal Superior de Justicia - Galicia - Sala de lo Civil y Penal nº 10/2003, of March 20, 2003
D. JUAN CARLOS TRILLO ALONSOD. PABLO SAAVEDRA RODRIGUEZD. PABLO ANGEL SANDE GARCIA
Tribunal Superior de Justicia de Galicia Rec de casación 52/2002. Sentencia n° 10 de 2003. Sobre extinción de servidumbre de paso. Ponente: Iltmo. Sr. Juan Carlos Trillo AlonsoTRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA A Coruña, veinte de marzo de dos mil tres, la Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, constituida por los Ilmos. Sres magistrados don Juan Carlos Trillo Alonso, don Pablo Saavedra Rodríguez y don Pablo A. Sande García, dictóEN NOMBRE DEL REY la siguienteSENTENCIA NÚMERO 10 En el recurso de casación 52/2002 interpuesto por doña María Angeles y don Felipe , don Matías , doña Nuria , doña Antonieta y doña Lidia , representados por el procurador de Lugo don Jesús Herrero Hernández y asistidos por el letrado don Alejandro Ferreiro Medina, y en el que es parte recurrida don Luis Pedro , representado por el procurador don Rafael Pérez Lizarriturri y asistido por la abogado doña Esperanza Ferreiro Abelairas, contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo, con fecha de dieciocho de octubre de dos mil dos (rollo de apelación número 360 de 2002), como consecuencia de los autos del juicio ordinario número 18 de 2002, transitados en e...
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