Appeal nº 4070/1997, Reporting Judge D. José Almagro Nosete
Case Law No.906/2003
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HIPOTECA UNILATERAL. TERCERO DE BUENA FE. Se solicita que se declare la nulidad de hipoteca unilateral. No puede considerarse tercero de buena fe, al banco que teniendo todos los instrumentos de control, otorga un crèdito hipotecario a quien ya habìa vendido los inmuebles libres de gravàmenes, màxime si la inscripciòn hipotecaria se realiza dos años despuès de haberse otorgado la escritura. En primera instancia se desestima la demanda. Se estima la apelaciòn. No se hace lugar al recurso de Casaciòn.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 1692 , 1715
Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículos 34 , 138
Código Civil. - Artículo 1857
Hipoteca voluntaria
Fe publica registral
Hipoteca
Prenda
Cuestiones Generales
Hipoteca inmobiliaria
Constitución
Inscripción en el Registro de la Propiedad
Donaciones
Perfección
Requisitos
Hipoteca inmobiliaria
Hipotecas voluntarias
Hipotecas unilaterales
Comprador
Hipoteca inmobiliaria
Cuestiones generales
Capacidad
Garantías reales
Case of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil nº 906/2003, of September 29, 2003
D. JOSE ALMAGRO NOSETED. ANTONIO GULLON BALLESTEROSD. XAVIER O'CALLAGHAN MUÑOZ
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintinueve de Septiembre de dos mil tres.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados indicados al margen el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Córdoba, Sección Tercera, como consecuencia de autos, juicio de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número dos de Pozoblanco, sobre anotación preventiva y otros extremos, cuyo recurso fue interpuesto por la entidad Banco Español de Crédito S.A. representada por el Procurador de los tribunales Don Carlos Ibañez de la Cardiniere, en el que son recurridos Don Gregorio , Doña María Angeles , Don Pedro Francisco , Don Rogelio , Don Fernando , Doña Catalina , Don Juan Pablo y Don Rodolfo representados ...
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