Direccion General de Tributos - Consultas
Regulation: Ley 37/1992 art. 4; 78; 102; 104
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Id. vLex: VLEX-16156519
La consultante ha obtenido una subvención del Ministerio de Ciencia y Tecnología para financiar gastos e inversiones destinados a acciones denominadas "ARTE PYME II" (Acciones Regionales en Telecomunicaciones), cuyo objetivo es la realización de proyectos y servicios avanzados de telecomunicaciones, de interés para las pequeñas y medianas empresas. Su regulación y bases de concesión se recogen el la Orden del Ministerio de Ciencia y Tecnología de 8 de febrero de 2001 (BOE del 22).
Tratamiento de las subvenciones a efectos del IVA. Tratamiento de las subvenciones para actividades de I+D+I.

LEY 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
REAL DECRETO 2609/1996, de 20 de Diciembre, por el que se regulan los Centros de Innovacion y Tecnologia. de 20 de Diciembre, por el que se regulan los Centros de Innovacion y Tecnologia.
LEY 6/2000, de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa. de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa.
Ley 230/1963, de 28 de diciembre, general tributaria . de 28 de diciembre, general tributaria . - Artículo 107
Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido - Artículos 78 , 102 , 104
Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del impuesto sobre sociedades. de 27 de diciembre, del impuesto sobre sociedades. - Artículo 33
Consulta no Vinculante of Subdirección General de Impuestos sobre el consumo nº 1029-03, of July 23, 2003
1.- El artículo 4, apartado uno, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (Boletín Oficial del Estado del 29), establece que están sujetas al citado tributo las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el ámbito espacial del Impuesto por empresarios o profesionales a título oneroso, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley 37/1992, la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido en las entregas de bienes y prestaciones de servicios gravadas por el mismo estará constituida, como regla general, por el importe total de la contraprestación de dichas operaciones.Asi...
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