Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of October 13, 2003

Tribunal Supremo

Appeal nº 8065/2000, Reporting Judge D. Segundo Menéndez Pérez

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"RECURSO ADMINISTRATIVO. PLAN ESPECIAL. PARQUE EÓLICO. Se interpone recurso administrativo contra la ordel del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, por la que se aprobó definitivamente el Plan Especial del Parque Eólico de Elguea. Se define la ""zona especial de conservación"" como un lugar de importancia comunitaria designado por los Estados miembros mediante un acto reglamentario, administrativo y/o contractual, en el cual se apliquen las medidas de conservación necesarias para el mantenimiento o el restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los hábitats naturales y/o de las poblaciones de las especies para las cuales se haya designado el lugar. Y establece en su Anexo III los criterios de selección de los lugares que pueden clasificarse como lugares de importancia comunitaria y designarse zonas especiales de conservación; concretando, como criterios de evaluación del lugar para una especie dada del Anexo II (es decir, del Anexo de especies de interés comunitario para cuya conservación es necesario designar zonas especiales de conservación), los siguientes: a) Tamaño y densidad de la población de la especie que esté presente en el lugar en relación con las poblaciones presentes en el territorio nacional; b) Grado de conservación de los elementos del hábitat que sean relevantes para la especie de que se trate y posibilidad de restauración; c) Grado de aislamiento de la población existente en el lugar en relación con el área de distribución natural de la especie; y d) Evaluación global del valor del lugar para la conservación de la especie de que se trate. Así las cosas, debe quedar en pie, en este recurso extraordinario de casación, la conclusión a la que llega la Sala de instancia, en el sentido de que tampoco puede considerarse acreditado, con los datos aportados, que la zona contemplada debiera haber sido clasificada como ZEPA, por el valor ornitológico de la zona desde la perspectiva conservacionista de la Directiva. Instancia desestima el recurso contencioso administrativo. La alzada desestima el recurso de casación."

Citations:

Headnotes:

Administración local
Administración
Urbanismo
Medio ambiente

Extract:

Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of October 13, 2003

D. MARIANO DE ORO-PULIDO LOPEZD. RICARDO ENRIQUEZ SANCHOD. PEDRO JOSE YAGÜE GILD. JESUS ERNESTO PECES MORATED. MANUEL VICENTE GARZON HERREROD. SEGUNDO MENENDEZ PEREZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a trece de Octubre de dos mil tres.

VISTO por la Sección Quinta Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo el recurso de casación interpuesto por la FEDERACIÓN VIZCAINA DE MONTAÑA y la FEDERACIÓN GUIPUZCOANA DE MONTAÑA, representadas por el Procurador Sr. Calleja García, contra la sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de fecha 16 de octubre de 2000, sobre impugnación de la Orden de 23 de diciembre de 1998, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, por la que se aprobó definitivamente el Plan Especial del Parque Eólico de Elguea.

Se han personado en este recurso, como parte recurrida, el GOBIERNO VASCO, representado por el Procurador D. Pedro Rodríguez Rodríguez, y la mercantil EÓLICAS DE EU...

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