Appeal nº 3606/1998, Reporting Judge D. Eduardo Espín Templado
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Id. vLex: VLEX-16206321
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DENEGACIÓN DE INSCRIPCIÓN DE MARCA. NEn ambas marcas enfrentadas, como en tantas otras denominaciones de vinos que contienen un toponímico, la accesoriedad de éste deriva de su posición y relevancia en el conjunto denominativo de la marca. En este caso las dos marcas lo utilizan de forma análoga, sin que en ninguna de ellas adquiera un papel distintivo por si propio que impidiera su uso por contravenir lo dispuesto en el artículo 11.1 h), in fine, de la Ley de Marcas. Se desestima el recurso contencioso administrativo. Se estima la casación.

Constitución Española de 1978. - Artículo 124
LEY 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. - Artículo 95
Titular Registral
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of October 02, 2003
D. FERNANDO LEDESMA BARTRETD. OSCAR GONZALEZ GONZALEZD. SEGUNDO MENENDEZ PEREZD. MANUEL CAMPOS SANCHEZ-BORDONAD. FRANCISCO TRUJILLO MAMELYD. EDUARDO ESPIN TEMPLADO
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a dos de Octubre de dos mil tres. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Tercera por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación número 3.606/1.998, interpuesto por D. Casimiro , representado por el Procurador D. Julio Antonio Tinaquero Herrero, contra la sentencia dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en fecha 22 de diciembre de 1.997 en el recurso contencioso-administrativo número 155/1.996...
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