Appeal nº 4331/1997, Reporting Judge D. José Almagro Nosete
Case Law No.1017/2003
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Id. vLex: VLEX-16206835
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SOCIEDAD ANÓNIMA. NULIDAD DE ASIENTO DE CANCELACIÓN. La sentencia de apelación declara la nulidad del asiento de cancelación de la mercantil demandada, declarando subsistente la sociedad, anulando las operaciones de reparto de haber social, y abriendo nuevo periodo de liquidación para la satisfacción y garantía de todas las responsabilidades pendientes con la actora. Se establece la subsistencia del crédito exigible como consecuencia de que las obras a realizar fueran mal ejecutadas. El plazo de diez años que se establece en el art. 1.591 del Código civil lo es de garantía y el perjudicado por la ruina tiene quince años para reclamar, que es el prescriptivo que se contiene en el art. 1.964 de igual Texto, tiempo que no había transcurrido. No puede declararse la validez de los asientos de cancelación de una sociedad anónima, cuando la situación real acredita que la sociedad no fué previamente liquidada en forma, dejando acreedores impagados. En primera instancia se desestima la demanda. Se estima parcialmente la apelación. Se desestima el recurso de casación.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 1692 , 1715
Constitución Española de 1978. - Artículo 120
Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se aprueba el Código de Comercio. - Artículos 943 , 949
Código Civil. - Artículos 1214 , 1591
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículo 5
Caso fortuito
Carga de la prueba
Fuerza mayor
Prueba
Administración de justicia
Poder judicial y potestad sancionadora
Sociedad anónima
Vicios
Vicios de la construcción
Comunidad de Propietarios
Case of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil nº 1017/2003, of October 27, 2003
D. JOSE ALMAGRO NOSETED. ANTONIO GULLON BALLESTEROSD. XAVIER O'CALLAGHAN MUÑOZ
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintisiete de Octubre de dos mil tres.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados indicados al margen el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección Quinta, como consecuencia de autos, juicio de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número once de Zaragoza, sobre diversos extremos, cuyo recurso fue interpuesto por la entidad Kasan S.A. represent...
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