Case of Audiencia Provincial - Zaragoza nº 172/1999, of October 13, 1999

Audiencias Provinciales

Reporting Judge Sara Arriero Espés
Case Law No.172/1999
Permanent Link: http://vlex.com/vid/16280951
Id. vLex: VLEX-16280951

Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)

Document language

Search in this case

Summary:

Garantías constitucionales del proceso penal

Derecho a la inviolabilidad del domicilio

La instrucción

Los actos de investigación

Entrada y registro

En domicilios particulares

Casuismo

La instrucción

Los actos de investigación

Entrada y registro

En lugares públicos

Concepto de edificios y lugares públicos

La instrucción

Los actos de investigación

Entrada y registro

Requisitos

Consentimiento

La cauística entiende como domicilio desde la vivienda habitual o esporádica pasando por una habitación con puerta independiente y sólo dotada de un televisor y una caja para sentarse, o una simple chabola habitada, hasta llegar a una tienda de campaña, roullote o una habitación de hotel.

Legislación citada: CP Art.363.2, 3 y 4,

Citations:

Headnotes:

Delitos contra la seguridad pública
Delitos de riesgo catastrófico

Extract:

Case of Audiencia Provincial - Zaragoza nº 172/1999, of October 13, 1999

Iltmos. Señores:

PRESIDENTE

D. MANUEL Mª. RODRIGUEZ DE VICENTE-TUTOR

MAGISTRADOS

D. FRANCISCO JAVIER CANTERO ARÍZTEGUI

D. SARA ARRIERO ESPÉS

En la Ciudad de Zaragoza, a trece de Octubre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Tercera de laAudiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto enjuicio oral y público la presente causa D.P. nº 145/98 rollo nº 231 del año 1.998, procedente del Juzgado de Instrucción de La Almunia de Doña Godina por DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA contra los acusados J. E. M., nacido en Zaragoza el 21-6-68, con D.N.I. nº 0000000 hijo de J.L. y de I., domiciliado en Illueca (Zaragoza), C/ Mayor nº 5, de estado casado, de profesión mayorista, con instrucción, sin antecedentes penales, solvente parcial, y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador Sr. Piñol Lázaro y defendido por el letrado Sr. Forcén R., y contra A. L. R., nacido en Epila (Zaragoza) el 3-6-50, con D.N.I. nº 000000, hijo de A. y de P., domiciliado en Epila, C/ Latre del Solar nº 39, de estado no consta, de profesión jubilado, con instrucción, sin antecedentes penales, solvente parcial y en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora Sra.Oña Llanos y defendido por el Letrado Sr. Moya Cerdán, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y Ponente la Ilma. Sra. Magistrada-Suple...

see the complete text now
If you are already a vLex customer, Access Here













Other documents: