Reporting Judge Don Miguel Angel de la Torre Aparicio
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/16284350
Id. vLex: VLEX-16284350
Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)
Sociedad de responsabilidad limitada
Organos.Administradores.Responsabilidad.Responsabilidad de los Administradores de la sociedad limitada por no adoptar las medidas necesarias para disolver la sociedad cuando ello es procedente.Legislación citada: Ley de Sociedades Anónimas de 22 de diciembre de 1989, artículos 133, 135, 260 y 262; Ley de Sociedades Anónimas de 1951, artículos 79, 80, 81 y 152; Ley 19/1989, de 25 de julio, artículos 10 y 11; Ley de Sociedad de Responsabilidad Limitada de 1995, artículo 105; Reglamento del Registro Mercantil de 29 de diciembre de 1989, artículos 9, 147 y 177; Reglamento del Registro Mercantil de 19 de julio de 1996, artículos 9, 147 y 192.
Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil. de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil. - Artículos 147 , 192
Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada. de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. - Artículos 133 , 135 , 150 , 152 , 260 , 262 , 265
Ley 19/1989, de 25 de julio, de Reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil a las Directivas de la Comunidad Económica Europea ( CEE ) en materia de sociedades. de 25 de julio, de Reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil a las Directivas de la Comunidad Económica Europea ( CEE ) en materia de sociedades.
Case of Audiencia Provincial - Soria, of October 28, 1999
FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.-Ejercitada por C. G., S. A. L., la acción de responsabilidad contra los Administradores de la sociedad C. de P., S. L., al amparo de los artículos 133 y 135 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas y artículos 79 a81 de la anterior Ley, respecto de la deuda contraída con la demandante cuando concurría causa de disolución de esa sociedad (artículo 260 números 3, 4, 5 y 7 en relación con el artículo 262.5 de la Ley de Sociedades Anónimas), recayó en primera instancia sentencia que estimó en parte dicha pretensión declarando la existencia de una deuda de 1.240.981 pesetas, (inferior a la cantidad reclamada) condenando solidariamente a los Administradores demandados a su abono.Dicha resolución es impugnada por distintas partes. La actora con la finalidad de que se condene a los demandados a abonar la ...
If you are already a vLex customer, Access Here