Reporting Judge Dª Cristina Plá Navarro
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Id. vLex: VLEX-16288271
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Delitos contra la Administración Pública
MalversaciónModalidadesMalversación impropiaDe bienes embargadosDelitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómicoInsolvencias puniblesAlzamiento de bienesCasuismoNo constituye delito de malversación impropia, al no constar la aceptación del cargo del depositario, ni delito de alzamiento de bienes, al ser los bienes embargados de terceros, el supuesto de diligencia de embargo nombrándose depositario al acusado, que se negó a firmar ladiligencia, y haber devuelto los bienes embargados a sus propietarios.Legislación citada: C.P de 1973: arts. 399, 394 y 519
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 109 , 394 , 519
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículo 240
Abuso de autoridad
Abuso de autoridad
En el código penal
Case of Audiencia Provincial - Murcia, of March 06, 1999
FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.- Los hechos declarados probados no son constitutivos del delito de malversación impropia de caudales públicos previsto y penado en el artículo 399 en relación con el art. 394 del. Código Penal, texto refundido de 1973, que viene imputá...
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