Reporting Judge Carlos Ercilla Labarta
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/16292438
Id. vLex: VLEX-16292438
Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)
Acción de jactanciaNaturaleza y alcanceEl actor, titular de un inmueble sin perturbación física ni jurídica, que goza de la protección del artículo 38 de la Ley Hipotecaria, si lo que pretendía era el deslinde, debió continuar el ejercicio de la acción por vía contenciosa, y no ampararse en la inactividad. En este caso ejercitó la acción de jactancia cuando, contra su honra o fama nada se alegó. De haber sido así, el actor hubiera podido provocar el ejercicio de la acción para inducir al jactancioso a presentar demanda sobre el derecho en el término que se le fije o, de no hacerlo, se le imponga perpetuo silencio.Legislación citada: Ley de Partidas, Ley 46, Título II, Partida III; STS, 19.12.88; 22.09.44; 30.04.60; 11.05.95. L.O. 1/82; L.O. 3/85.
Case of Audiencia Provincial - Cádiz, of September 27, 1999
Ilmos. Sres.
Presidente D. CARLOS ERCILLA LABARTA MagistradosD. ANGEL L. SANABRIA PAREJOD. RAMON ROMERO NAVARROJUZGADO: San Roque nº 2Juicio Cognición nº 81/96Rollo Apelación Civil nº 330 Año: 1.999 En la ciudad de Cádiz a día 27 de septiembre de 1999.Vist...
If you are already a vLex customer, Access Here