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DELITO CONTRA LA INTEGRIDAD MORAL. El fiscal solicita la absolución del acusado sólo en lo que refiere al delito contra la integridad moral. La conducta descrita en el artículo 173 del CP, ha de quedar circunscrita a aquellos actos de naturaleza grave, pues exige como resultado el menoscabo grave de la integridad moral; y tal y como hemos dicho antes se trata de un tipo penal básico de naturaleza residual, no solo respecto a los delitos que se regulan en el mismo Título, y a los que hemos hecho referencia anteriormente, sino también respecto a la protección que otros preceptos del C. Penal dispensan los demás bienes personalísimos En primera instancia se lo condena. Se estima la apelación.

Constitución Española de 1978. - Artículo 15
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 57 , 147 , 153 , 169 , 173
LEY ORGÁNICA 14/1999, de 9 de junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. de 9 de junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Delitos contra la integridad moral
Delitos contra la integridad moral
Condena
Case of Audiencia Provincial - Madrid, of April 02, 2003
Sentencia de 27 de diciembre de 2001
Nº 914/01Audiencia Provincial de Madrid Sección 23Ponente: D. Jesús Eduardo Gutiérrez GómezTorturas y otros delitos contra la integridad moralAcción típicaLa conducta descrita en el art. 173 C.P., ha de quedar circunscrita a aquellos actos de naturaleza grave, pues exige como resultado el menoscabo grave de la integridad moral; y tal y como hemos dicho antes se trata de un tipo penal básico de naturaleza residual, no solo respecto a los delitos que se regulan en el mismo Título, y a los que hemos hecho referencia anteriormente, sino también respecto a la protección que otros preceptos del C. Penal dispensan los demás bienes personalísimos. Este precepto, cumple por así decirlo, la función de cerrar la tutela penal a cualquier agresión grave a la integridad moral.Legislación citada: arts. 147, 153, 169 y 173 C.P:Sentencia de 27 de diciembre de 2001SENTENCIA Nº914Audiencia Provincial de Madrid Sección 23D. ANGEL LUIS HURTADO ADRIAND. RAFAEL MOZO MUELASD. JESUS EDUARDO GUTIERREZ GOMEZEn Madrid a 27 de Diciembre de 2001VISTAS en segunda instanc...
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