Appeal nº 1968/2001, Reporting Judge D. Mariano Baena del Alcázar
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Id. vLex: VLEX-16716850
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ADMINISTRACION LOCAL. Duplicidad de servicios locales. Es conforme a derecho una Sentencia que estima el recurso contra los actos de creacion de un organo municipal de gestion de un vertedero, pues existia una Mancomunidad de la que formaba parte elAyuntamiento que utilizaba el vertedero por lo que se ignoraban e incumplian los fines y Estatutos de la Mancomunidad y se producia la duplicidad de servicios que prohibe el articulo 31.2 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.

Constitución Española de 1978. - Artículo 103
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. de 18 de Abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Administración local
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of January 28, 2004
D. JUAN ANTONIO XIOL RIOSD. MARIANO BAENA DEL ALCAZARD. ANTONIO MARTI GARCIAD. RAFAEL FERNANDEZ MONTALVOD. RODOLFO SOTO VAZQUEZ
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintiocho de Enero de dos mil cuatro. Visto el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Azpeitia contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 28 de diciembre de 2000, relativa a aprobación de Estatutos de sociedad mercantil anónima, formulado al amparo de los apartados c) y d) del artículo 88,1 de la Ley Jurisdiccional, habiendo comparecido el citado Ayuntamiento de Azpeitia así como los Ayuntamientos de Aizarnazabal y Zestoa.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Con fecha 28 de diciembre de 2000 por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco se dictó Sentencia, en cuyo fallo se estimaban parcialmente los recursos contencioso administrativos acumulados interpuestos por los Ayuntamientos de Azkoitia y...
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