Appeal nº 1/2003, Reporting Judge D. Luis-Román Puerta Luis
Case Law No.161/2004
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. Abusos sexuales continuados.
. No se aprecian los vicios de falta de claridad, contradicción ni predeterminación. . No se aprecia error de hecho: no existen documentos que lo acrediten. . Tampoco se aprecia ningún error iuris: los hechos probados han sido calificados jurídicamente de forma correcta, tanto cuanto al tipo penal aplicado, como en cuanto a la estimación de la agravante de abuso de confianza.
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 386
Constitución Española de 1978. - Artículos 24 , 117
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 180 , 181 , 182
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículo 5
LEY 38/2002, de 24 de octubre, de reforma parcial de la Ley de reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre procedimiento para el enjuiciamiento rápido e inmediato de determinados delitos y faltas, y de modificación del procedimiento abreviado. de 24 de octubre, de reforma parcial de la Ley de reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre procedimiento para el enjuiciamiento rápido e inmediato de determinados delitos y faltas, y de modificación del procedimiento abreviado.
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículos 459 , 741 , 793 , 849 , 851 , 874 , 884
Recurso de casación
Proceso penal
Administración de justicia
Poder judicial y potestad sancionadora
Delitos contra la libertad sexual
Presunciones
Clases
Presunciones judiciales
Sentencias
Prueba
Abusos sexuales
Case of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal nº 161/2004, of February 09, 2004
D. LUIS ROMAN PUERTA LUISD. ANDRES MARTINEZ ARRIETAD. FRANCISCO MONTERDE FERRER
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a nueve de Febrero de dos mil cuatro. En los recursos de casación por infracción de ley interpuesto por infracción de ley por La Acusación Particular, Rosario , y por quebrantamiento de forma e infracción de ley interpuesto por el acusado Sebastián , contra sentencia de fecha 2 de diciembre de 2.002, dictada por la Audiencia Provincial de Valladolid, Sección 2ª, en causa seguida a dicho acusado por delito de abusos sexuales continuados, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituído para la votación y fallo bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. D. Luis-Román Puerta Luis, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando la Acusación Particular representada por la Procuradora Sra. Azpeitía Calvin y el acusado recurrente representado por la Procuradora Sra. Puente Méndez.I. ANTECEDENTES 1.- El Juzgado de instrucción nº 5 de Valladolid, instruyó sumario con el nº 1 de 2.001, y una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de dicha capital, que con fecha 2 de diciembre de 2.002, dictó sentencia que contiene el siguiente HECHO PROBADO: "El procesado, Sebastián , mayor de edad, sin antecedentes penales, invidente y dedicado profesionalmente a la venta de cupones de la O.N.C.E. en un quiosco cabina ubicado en la confluencia de las CALLE000 y DIRECCION000 de esta ciudad de Valladolid, aprovechando que una compañera de trabajo -Rosario -, tenía una hija llamada Esperanza de 11 años de edad, que le ayudaba ocasionalmente en las tareas de la organización y venta de los cupones durante un periodo comprendido aprximadamente entre los meses de marzo y octubre del años 2.000, guiado por un propósito lascivo y valiéndose de tal confianza, efectuó sobre dicha menor, así como sobre su amiga Clara de 12 años de edad, diversos actos de contenido sexual. Concretamente, en una ocasión llevó a Esperanza a una vivienda de su propiedad sita en la calle Portillo de Balboa donde tras enseñarla la casa, la sentó en una cama, tocándola por el cuerpo y la vagina; con posterioridad y en fechas próximas entre s...
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