Appeal nº 3552/1998, Reporting Judge ALFONSO GOTA LOSADA
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Id. vLex: VLEX-17156859
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ESCUELA OFICIAL DE TURISMO. FIJACIÓN DE PRECIOS. Se impugna Orden Ministerial sobre precios a satisfacer por la prestación de servicios académicos de la Escuela Oficial de Turismo. La Orden Ministerial anulada contenía esencialmente la tarifa de precios públicos por los servicios prestados por la Escuela Oficial de Turismo y al ser anulada esta por la sentencia de instancia, porque su naturaleza no era la de precios públicos, sino la de precios privados, es incuestionable que se anuló en su integridad, sin que sea posible la transustanciación pretendida de la Tarifa, pero ahora como de precios privados. En primera instancia se admite en parte la demanda. Se desestima el recurso de casación.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ley 8/1989, de 13 de Abril, de tasas y precios públicos. de 13 de Abril, de tasas y precios públicos.
Ley Organica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma universitaria. de 25 de agosto, de Reforma universitaria. - Artículo 54
Ley 10/1992, de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal. de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal.
Procedimiento administrativo
Principios generales
Normativa
Procedimiento administrativo
Fases del procedimiento
Tasas y precios públicos
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of March 26, 2004
D. PASCUAL SALA SANCHEZD. JAIME ROUANET MOSCARDOD. MANUEL VICENTE GARZON HERREROD. RAMON RODRIGUEZ ARRIBASD. JUAN GONZALO MARTINEZ MICOD. ALFONSO GOTA LOSADA
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintiséis de Marzo de dos mil cuatro. La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha pronunciado la presente Sentencia en el Recurso de Casación, nº 3552/1998, interpuesto por la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, contra la sentencia, s/n, dictada con fecha 4 de Febrero de 1998 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo -Sección Cuarta- de la Audiencia Nacional, recaída en el recurso de este orden jurisdiccional nº 1127/93, seguido a instancia de la ASOCIACIÓN NACIONAL DE ESCUELAS DE TURISMO (en lo sucesivo ANESTUR), contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra la Orden del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, de 28 de Septiembre de 1992, sobre precios a satisfacer por la prestación de servicios académicos de la Escu...
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