Recursos de Amparo nº 4507/1997 + nº 5422/1998, Reporting Judge Manuel Jiménez de Parga y Cabrera
Case Law No.177/2002
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Recursos de amparos 4507/97 y 5422/98 (acumulados). Promovidos por el grupo parlamentario socialista respecto de los acuerdos de la Mesa del Congreso de los Diputados que inadmitieron a trámite la solicitud de comparecencia de los Presidentes de Telefónica de España, S.A., y de la Empresa Nacional de Electricidad, S.A.
Vulneración del derecho al ejercicio del cargo parlamentario: comparecencia en el Parlamento de directivos de empresas privatizadas, para informar en un procedimiento parlamentario en curso o respecto de actuaciones cuando la empresa era pública.
Constitución Española de 1978. - Artículos 23 , 66 , 76 , 103 , 108 , 109 , 110
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 24 , 502
Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. - Artículos 1 , 42 , 46 , 51 , 52 , 80 , 83 , 89 , 162
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículo 267
REAL DECRETO 8/1997, de 10 de Enero, de Aplicacion del Regimen de Autorizacion administrativa previa a telefonica de EspaÑa, sociedad anonima, y A otra sociedad de Su grupo. de 10 de Enero, de Aplicacion del Regimen de Autorizacion administrativa previa a telefonica de EspaÑa, sociedad anonima, y A otra sociedad de Su grupo.
LEY 41/1994, de 30 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1995. de 30 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1995.
LEY 12/1995, de 11 de Mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nacion y de los altos cargos de la administracion general del Estado. de 11 de Mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nacion y de los altos cargos de la administracion general del Estado.
LEY 5/1995, de 23 de Marzo, de Solidaridad en castilla-la Mancha. de 23 de Marzo, de Solidaridad en castilla-la Mancha.
LEY 54/1997, de 27 noviembre, del Sector electrico.
REAL DECRETO-LEY 15/1997, de 5 de Septiembre, por el que se modifica la Ley 5/1996, de 10 de Enero, de Creacion de determinadas entidades de derecho publico. de 5 de Septiembre, por el que se modifica la Ley 5/1996, de 10 de Enero, de Creacion de determinadas entidades de derecho publico.
Ley Organica 5/1984, de 24 de Mayo, de Comparecencia ante las Comisiones de Investigacion del Congreso y del Senado o de ambas camaras. de 24 de Mayo, de Comparecencia ante las Comisiones de Investigacion del Congreso y del Senado o de ambas camaras. - Artículo 54
Ley 31/1987, de 18 de Diciembre, de Ordenacion de las Telecomunicaciones. de 18 de Diciembre, de Ordenacion de las Telecomunicaciones.
Abuso de autoridad
Abuso de autoridad
En el código penal
Resoluciones judiciales
Sentencias
Rectificación
Case of Tribunal Constitucional - Sala Primera nº 177/2002, of October 14, 2002
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, Presidente, don Pablo García Manzano, doña María Emilia Casas Baamonde, don Javier Delgado Barrio y don Roberto García-Calvo y Montiel, Magistrados, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En los recursos de amparo acumulados núms. 4507/97 y 5422/98, promovidos el primero por don Juan Manuel E.U., Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados, representado por el Procurador de los Tribunales don Roberto Granizo Palomeque y asistido por la Letrada doña Soledad Mestre García, contra el Acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados de 3 de septiembre de 1997, que inadmitió a trámite la solicitud de comparecencia del Presidente de Telefónica de España, S.A., formulada por el mencionado grupo parlamentario, y contra el Acuerdo de dicha Mesa, de 14 de octubre de 1997, que acordó mantener el anterior; y promovido el segundo por don José B.F., Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados, representado por el Procurador de los Tribunales don Roberto Granizo Palomeque y asistido por la Letrada doña Soledad Mestre García, contra el Acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados de 8 de septiembre de 1998, que inadmitió a trámite la solicitud de comparecencia del Presidente de la Empresa Nacional de Electricidad, Sociedad Anónima (Endesa en lo sucesivo) formulada por el mencionado grupo parlamentario, y contra el Acuerdo de dicha Mesa de 6 de octubre de 1998, que acordó mantener el anterior. Han intervenido el Ministerio Fiscal y el Letrado de las Cortes Generales. Ha sido Ponente el Presidente del Tribunal, don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, quien expresa el parecer de la Sala. I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el día 7 de noviembre de 1997, el Procurador de los Tribunales don Roberto Granizo Palomeque, en nombre y representación de don Juan Manuel E.U., Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados, interpuso demanda de amparo contra el Acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados, de 3 de septiembre de 1997, que inadmitió a trámite la solicitud de comparecencia del Presidente de Telefónica de España, S.A., formulada por el mencionado grupo parlamentario, y contra el Acuerdo de dicha Mesa, de 14 de octubre de 1997, que acordó mantener el anterior tras la solicitud de reconsideración presentada contra el mismo. 2. Los hechos de los que trae causa la demanda señalada de amparo relevantes para la resolución del caso son, en síntesis, los siguientes: a) El 14 de agosto de 1997 el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso solicitó, mediante el formulario establecido a tal efecto por el Congreso de los Diputados, la comparecencia del Presidente de Telefónica de España, S.A., don Juan V., ante la Comisión de Infraestructuras, al objeto de que informara a la misma sobre diversas cuestiones relativas a la compra por parte de esa entidad del 25 por 100 de las acciones de Antena 3 Televisión, S.A. b) La Mesa del Congreso, mediante Acuerdo de 3 de septiembre de 1997, adoptado por mayoría, decidió inadmitir a trámite dicha solicitud, "por inadecuación de la comparecencia solicitada, referida al Presidente de una Compañía privada, con la finalidad establecida en el número 4 del art. 44 del Reglamento". c) Al considerar que el mencionado Acuerdo excedía las facultades de calificación de la Mesa en detrimento de las funciones constitucionales de los parlamentarios, el Grupo Parlamentario Socialista presentó el 17 de septiembre de 1997, conforme a lo establecido en el art. 31.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados (en adelante RCD), escrito ante la Mesa de la Cámara solicitando su reconsideración. d) El 16 de octubre de 1997 se dio traslado al Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista del escrito del Presidente del Congreso, del día 14 anterior, por el que se le notificaba que la Mesa de la Cámara, en su reunión de 30 de septiembre de 1997, había acordado, oída con carácter previo la Junta de Portavoces, mantener el Acuerdo adoptado en su reunión del día 3 de septiembre. Dicha decisión se justificaba, en primer lugar, en que el apartado 4 del art. 44 RCD mencionado en tal Acuerdo "es interpretado conforme a una práctica parlamentaria reiterada en el entendimiento de que su finalidad es la de proporcionar información y asesoramiento en relación con cuestiones objeto de debate ante una Comisión, esto es, en relación con procedimientos parlamentarios en curso". En segundo lugar, la Mesa indicaba que dicho precepto "es aplicable a la solicitud de comparecencia controvertida, pues, no deduciéndose del ordenamiento jurídico un criterio inequívoco, desde el punto de vista de la actividad, para la definición de una empresa pública, no puede desdeñarse el porcentaje de participación de los poderes públicos en el capital ...
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