Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 6/2004, Reporting Judge JOSÉ MANUEL SUÁREZ ROBLEDANO
Case Law No.12/2004
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DELITO DE COACCIONES. ORDEN DE ALEJAMIENTO. Existe prueba de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia del recurrente y considerarle autor del delito de coacciones. El peligro que el delincuente representa justifica la orden de alejamiento; se refiere a represalias, o a enfrentamientos, entre la víctima o su familia y el reo. En primera instancia se condena al acusado. Se desestima la apelación.

Constitución Española de 1978. - Artículos 9 , 24
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 142 , 147 , 621
Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados. de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados.
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículos 142 , 851
Imprudencia
Homicidio
Faltas
Case of Tribunal Superior de Justicia - Madrid - Sala de lo Civil y Penal nº 12/2004, of April 30, 2004
Dª. JAVIER MARIA CASAS ESTEVEZD. Emilio Fernández CastroD. JOSÉ MANUEL SUÁREZ ROBLEDANO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIASala de lo Civil y PenalMADRIDRefª.- R° Apelación Ley del Jurado 6/04Apelante: Andrea Apelante supeditado: Ministerio Fiscal y Valentina Apelada: Magdalena Sección 23ª AP. MadridRollo 1/02Juzgado de Instrucción n° 24 de MadridProcedimiento Jurado 1/98En Madrid, a treinta de abril de dos mil cuatro. LA SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID, constituida por el Excmo. Sr. Don JAVIER MARÍA CASAS ESTÉVEZ, Presidente, y los Iltmos. Sres. Don EMILIO FERNÁNDEZ CASTRO y Don JOSE MANUEL SUÁREZ ROBLEDANO, Magistrados, ha pronunciadoEN NOMBRE DEL REYla siguienteSENTENCIA N° 12/04 En el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Iltmo. Sr. Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado D. Rafael Mozo Muelas de la Sección Vigésimo Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid en el procedimiento 1/02 seguido ante el tribunal del jurado por delito de omisión del deber de socorro y otro de homicidio por imprudencia procedente del Juzgado de Instrucción n° 24 de Madrid contra la acusada Valentina en libertad provisional por ésta causade la que no estuvo privado en ningún momento y contra Magdalena como responsable civil subsidiario; y en cuyo recurso han sido partes como apelantes principales la acusación particular ejercitada por la viuda del fallecido Dª Andrea , representada por el Procurador D. Fernando Ruiz de Velasco y Martínez de Ercilla y defendida por el Letrado D. Andrés Prieto Chaparro, y el Ministerio Fiscal, representado en el acto de la vista pública del recurso por la Iltma. Sra. Dª Cristina Pirfano Laguna; y, como apelante supeditada la referida acusada Valentina , representada por el Procurador D. Javier Huidobro Sánchez Toscano y defendida por la Letrada Dª Pilar Cascón Ansotegui. Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado de la Sala de lo Civil y Penal D. JOSE MANUEL SUÁREZ ROBLEDANO, por quien se expresa el parecer de la Sala.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Con fecha 24 de julio del 2003, el Iltmo. Sr. Presidente del Tribunal del Jurado, D. Rafael Mozo Muelas, dictó Sentencia en el procedimiento seguido ante el Tribunal del Jurado n° 1/02, procedente del Juzgado de Instrucción n° 24 de Madrid, en cuyos hechos probados literalmente se dice: "PRIMERO.- El Jurado ha declarado probados los siguientes hechos: Sobre las 22,00 horas del día 16 de Junio de 1998 Valentina , de 31 años de edad, conducía el vehículo Opel Corsa D-....-DN , por el carril izquierdo de la vía de servicio de la N-1 sentido Irún, sin haber obtenido el correspondiente permiso de conducción, y cuandose desplazó al carril de la derecha se originó una colisión con la motocicleta Vespa 200 N-....-AT , conducida por Javier , que circulaba por el carril derecho y colisionó contra la parte trasera izquierda del Opel Corsa. A c...
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