Case of Tribunal Superior de Justicia - Madrid - Sala de lo Civil y Penal nº 23/2004, of September 15, 2004

Tribunales Superiores de Justicia

Appeal nº 3/2002, Reporting Judge ANTONIO EDUARDO PEDREIRA ANDRADE
Case Law No.23/2004
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DISOLUCIÓN DEL JURADO. Se cuestiona la disolución del jurado por falta de prueba de cargo. La potestad exorbitante, otorgada "ex lege" al Magistrado-Presidente para disolver anticipadamente el Juradopor inexistencia de prueba de cargo, es perfectamente ajustada a Derecho, en el marco constitucional español. No puede concurrir contradicción entre Veredicto y Sentencia, por cuanto, D. Romeo, fue absuelto por Sentencia del Magistrado, quedando excluido del Veredicto. Al no existir Veredicto en cuanto al acusado absuelto, resulta imposible que se produzca una contradicción entre una resolución inexistente del Jurado disuelto y la Sentencia del Magistrado- Presidente. En primera instancia se lo absuelve. Se desestima la apelación.

Citations:

Headnotes:

Absolución
Jurado
Tribunal del jurado
Jurado

Extract:

Case of Tribunal Superior de Justicia - Madrid - Sala de lo Civil y Penal nº 23/2004, of September 15, 2004

D. ANTONIO EDUARDO PEDREIRA ANDRADED. JAVIER MARIA CASAS ESTEVEZD. JOSE MANUEL SUAREZ ROBLEDANO

T.S.J.MADRID SALA CIV/PE

MADRID

SENTENCIA: 00023/2004

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Sala de lo Civil y Penal MADRID

Refª.- Rº Apelacion Ley del Jurado 5/2004

Apelantes Principales: D. Donato Y Dª María Milagros ,

Apelante Supeditado: D. Romeo

Apelado: MINISTERIO FISCAL

Sección 5ª A.P. Madrid

Rollo 3/2002

Juzgado de Instrucciónnº 1 de Getafe

Procedimiento Jurado 1/2001

Magistrado Ponente: Ilmo. Sr. D. Antonio Pedreira Andrade

En Madrid, a quince de septiembre de dos mil cuatro

LA SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID, constituida por el Excmo. Sr. Don JAVIER MARÍA CASAS ESTÉVEZ, Presidente, y los Iltmos. Sres. Don JOSE MANUEL SUAREZ ROBLEDANO y Don Antonio Pedreira Andrade, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA Nº 23/04

Visto en juicio oral y público, ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el Recurso de Apelación interpuesto contra la Sentencia del Magistrado-Presidente de 12 de noviembre de 2003, dictada por el Ilmo. Sr. D. Arturo Beltrán Nuñez, con independencia del Jurado, siendo parte apelante principal Dª Mª Mercedes Pérez García, Procuradora de los Tribunales en nombre y representación de D. Donato y Dª María Milagros , defendidos por el Letrado D. Eduardo Loarce Medina y habiendo comparecido como parte apelante supeditada Dª Isabel Saberon García de Enterría, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de D. Romeo , y como apelada la representación del Ministerio Fiscal.

Ha sido Ponente el Magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Ilmo. Sr. Don Antonio Pedreira Andrade, por quién se expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Se tramitó ante el Tribunal del Jurado procedimiento por presunto delito de homicidio contra Romeo y cuatro acusados más, respecto de los que se resolverá en sentencia aparte, el cual Romeo nació en Madrid el 6.1.1983, hijo de Germán y Edelmira, con D.N.I. nº NUM000 y domiciliado en Getafe, sin antecedentes penales y en libertad provisional, por esta causa en la que han sido partes el Ministerio Fiscal, la acusación particular en las personas de D. Donato y Dª. María Milagros , representados por la Procuradora Dª. Mercedes Pérez García y defendidos por el Letrado D. Eduardo Loarce Medina y dicho acusado representado por la Procuradora Dª. Isabel Soberón García y defendido por el Letrado D. Luis Espadas Urbano.

SEGUNDO.- En sus conclusiones definitivas al Ministerio Fiscal no acusó a este imputado de delito alguno.

TERCERO.- La acusación particular atribuyó a D. Romeo la condición de coautor de un delito de homicidio previsto y penado en el art. 138 del Código Penal, con la agravante de abuso de supe-rioridad, y solicitando para el mismo pena de 15 años de prisión.

CUARTO.- La defensa del acusado solicitó la libre absolución.

QUINTO.- El Magistrado-Presidente, Ilmo. Sr. D. Arturo Beltrán Núñez, dictó Sentencia de 12 de noviembre de 2003, con independencia del Jurado, cuya parte dispositiva se absuelve a D. Romeo del delito de homicidio de que venía acusado, declarando de oficio la quinta parte de las costas totales de juicio.

SEXTO.- Contra la precitada Sentencia del Magistrado-Presidente, con independencia del Jurado, de 12 de noviembre de 2003 se interpuso Recurso de Apelación por la representación legal de D. Donato y Dª. María Milagros , celebrándose la vista oral el día 14 de abril de 2004. Compareciendo como apelante principal la Procuradora de los Tribunales Dª. Mercedes Pérez García, en represen-tación de D. Donato y Dª. María Milagros ; la representación de D. Romeo como apelante supeditado y el Ministerio Fiscal como apelado.

PRIMERO.- Se aceptala declaración de hechos probados que contiene la Sentencia del Magistrado-Presidente de 12 de noviembre de 2003, dictada con independencia del Jurado, del siguiente tenor literal:

"Sobre las 5 horas del día 13 de mayo de 2001, el acusado Romeo subió, junto a otras cuatro personas, al automóvil que conducía Luis María , también imputado en esta causa, y el cual Luis María buscaba a Luis Angel , con el que había tenido un incidente minutos antes. La razón por la que Luis María buscaba a Luis Angel era porque había mantenido una discusión con él en el curso de la cual Luis Angel y unos amigos suyos le habían insultado y golpeado, por lo que Luis María buscó a su vez a unos amigos para poder enfrentarse con éxito a Luis Angel . Lo cierto es que llegados Luis María , su novia y cuatro amigos más a la Plaza de Pinto de la localidad de Getafe, Luis María localizó al grupo de amigos de Luis Angel , y, bajando del automóvil, se dirigió a alguno de ellospor...

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