Appeal nº 8148/2000, Reporting Judge Pedro José Yagüe Gil
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Id. vLex: VLEX-17447160
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EXTRANJERO. INADMISIÓN DEL TRÁMITE DE ASILO. Se debe otorgar el derecho de asilo al solicitante, cuyo país de residencia es Argelia, específicamente se encontraba viviendo en la conflictiva zona de Chle. Es un hecho notorio que a la sazón en Argelia existía un conflicto grave de carácter político, étnico o religioso, en consecuencia se dan los requisitos para conceder al solicitante el derecho de permanencia en España, para lo cual no existe ningún obstáculo procedimental. por lo expuesto se debe estimar el recurso planteado. Desestimado el recurso contencioso administrativo, se interpuso recurso de casación que fue estimado.

Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado. de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado.
LEY 9/1994, de 19 de Mayo, de Modificacion de la Ley 5/1984, de 26 de Marzo, reguladora del derecho de asilo y de la Condicion de Refugiado. de 19 de Mayo, de Modificacion de la Ley 5/1984, de 26 de Marzo, reguladora del derecho de asilo y de la Condicion de Refugiado.
Extranjero
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of October 05, 2004
D. MARIANO DE ORO-PULIDO LOPEZD. RICARDO ENRIQUEZ SANCHOD. PEDRO JOSE YAGÜE GILD. JESUS ERNESTO PECES MORATED. SEGUNDO MENENDEZ PEREZD. RAFAEL FERNANDEZ VALVERDE
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a cinco de Octubre de dos mil cuatro. Visto el recurso de casación nº 8148/00, interpuesto por la Procuradora Sra. Pinto Campos, en nombre y representación de D. Jose Miguel, contra la sentencia dictada en fecha 29 de Septiembre de 2000, y en su recurso nº 663/99, por la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, sobre denegación de asilo en...
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