Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 215/2003, Reporting Judge Rubén López Tamés Iglesias
Case Law No.530/2003
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Id. vLex: VLEX-17468701
PRIMA. HUELGA. SINDICATO. El demandante huelguista reclama violación de derechos fundamentales por privación de prima. Solo el titular del derecho lesionado puede pedir la reparación. El sindicato puede ejercitar la acción cuando el titular lo autorice o cuando tenga un interés legitimo o se afecte a un colectivo de personas. En primera instancia se estima la demanda. Se estima parcialmente la apelación.

Constitución Española de 1978. - Artículos 9 , 28
Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical. de 2 de agosto, de Libertad Sindical. - Artículos 14 , 175
Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículo 52
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículos 17 , 20 , 45 , 162 , 163 , 175
Código Civil. - Artículos 507 , 1111 , 1869
Huelga
Contrato de trabajo
Conflicto colectivo
Contrato de trabajo
Huelga
Empresa y empresario
Sobre los salarios
Sindicatos
Empresa
Sindicatos
Case of Tribunal Superior de Justicia - Cantabria - Sala de lo Social nº 530/2003, of April 09, 2003
D. Francisco Martinez CimianoDª. Mercedes Sancha SaizD. Rubén López Tamés Iglesias
Sentencia Núm. 530/03Rec. Núm. 215/03Sec. Sra. Colvée Benlloch. PRESIDENTEIltmo. Sr. D. Francisco Martinez CimianoMAGISTRADOSIlma. Sra. Dña. Mercedes Sancha SaizIltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres citados al margen ha dictado la siguienteSENTENCIA En Santander, a nueve de abril de dos mil tres. En el recurso de suplicación interpuesto por la representación de D. Jose Carlos contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Tres de Santander, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias, quién expresa el parecer de la Sala.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Que según consta en autos se presentó demanda por D. Jose Carlos siendo demandados la empresa Textil Santanderina, SA. y el Ministerio Fiscal, sobre tutela de derechos fundamentados y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referenci...
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